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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que el accionista único de la sociedad "Diamant Servicios, Sociedad Anónima" decidió en la Junta general extraordinaria, celebrada el día 30 de junio, la disolución de la sociedad, mediante la cesión global de Activos y Pasivos, que son traspasados al accionista único, es decir, a "Diamant Boart Ibérica, Sociedad Anónima", la cual se subrogará en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio cedido.
Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad cedente y cesionaria a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de disolución. Asimismo, los acreedores podrán oponerse al acuerdo de cesión global de Activos y Pasivos, dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de esta publicación, en los términos previstos legalmente.
Madrid, 30 de julio de 2001.-El Consejo de Administración.-42.252.
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