Contido non dispoñible en galego
Aumento de capital social Por acuerdo adoptado en la Junta general extraordinaria, celebrada el 30 de junio de 2001, se ha acordado proceder a la ampliación del capital social, modificando, en su día, el artículo 5 de los Estatutos sociales para adaptarlo a la nueva cifra de capital social, ampliación de capital que se efectúa en las siguientes condiciones: a) Importe nominal de la ampliación: 11.562.000 pesetas (69.489,019 euros).
b) Acciones a emitir: 2.820 acciones, al portador, de valor nominal de 4.100 pesetas (24,64 euros), cada una, números 4.935 al 7.755.
c) Tipo de emisión: Las acciones se emiten a la par, es decir, por el valor nominal de cada acción.
d) Derecho preferente: Se concede a los actuales accionistas el plazo de un mes desde el momento de su publicación en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" para ejercitar el derecho de suscripción preferente, en proporción a una acción nueva por cada siete de las que posean. Las acciones no suscritas en el plazo señalado quedarán a disposición del Consejo de Administración, que podrá ofrecerlas para su suscripción a personas físicas o jurídicas que estime conveniente hasta el 31 de octubre de 2001. Llegada esta última fecha, en caso de que queden acciones por suscribir, el aumento de capital quedará limitado a la cuantía de la suscripción efectuada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 162.1 de la Ley de Sociedades Anónimas.
e) Derechos políticos y económicos: Las nuevas acciones gozarán de los mismos derechos políticos y económicos que las actualmente en vigor y participarán de los mismos beneficios sociales.
f) Suscripción: En las oficinas de la sociedad, sitas en Alicante, calle Alemania, número 1, 3B, y acreditando el ingreso en cuenta bancaria abierta a su nombre en la Caixa Galicia de Alicante, avenida Federico Soto, número 11, número de cuenta 2091-0643-87-3041011684.
Todos los accionistas interesados tienen el derecho de examinar, en el domicilio social, el texto íntegro de la modificación propuesta y del informe sobre la misma y de pedir la entrega o envío gratuito de dichos documentos, conforme establece el artículo 144 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Alicante, 24 de julio de 2001.-El Presidente del Consejo de Administración.-43.115.
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