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Documento BORME-C-2001-158049

INICIATIVAS INDUSTRIALES, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 158, páginas 20329 a 20330 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-158049

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas se comunica que la Junta general extraordinaria de accionistas de "Iniciativas Industriales, Sociedad Anónima", celebrada el 14 de agosto de 2001, adoptó el siguiente acuerdo: Ampliar el capital social en la suma de cuatrocientos veintinueve mil cuatrocientos veintiocho coma setenta y nueve (429.428,79) euros, emitiendo al efecto 1.429 acciones de trescientos coma cincuenta y un (300,51) euros de valor nominal cada una de ellas, enumeradas correlativamente del número dos mil cuatrocientas setenta y seis (2.476) a las tres mil novecientas cuatro (3.904), ambos inclusive.

Las acciones se emitirán al 1.050 por 100 con una prima de emisión de 2.854,85 euros por acción, y el importe total de la prima asciende a 4.079.580,65 euros.

a) Las acciones serán ofrecidas a todos los accionistas de la entidad, que podrán suscribir en proporción a su participación en la compañía.

b) El plazo para el ejercicio del señalado derecho será de un mes a contar desde la fecha de publicación del anuncio del acuerdo de ampliación en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil".

c) Las acciones deberán ser desembolsadas íntegramente en el momento de su suscripción, tanto la prima como el nominal, mediante transferencia, ingreso en metálico o mediante cheque bancario o conformado nominativo a favor de la sociedad, en la cuenta 0061.0203.56.0056590119 de la Banca March a nombre de "Iniciativas Industriales, Sociedad Anónima" (INISA), ampliación de capital año 2001, en el que se indicará el nombre, apellidos, NIF y domicilio completo del suscriptor, y comunicación escrita a la sociedad indicando los mismos datos y acompañando copia del resguardo de ingreso.

d) Si alguno de los accionistas no ejercitara su derecho a suscripción preferente la Administración de la sociedad podrá ofrecer la suscripción, durante un plazo de tres meses desde la fecha de acuerdo de ampliación y en idénticas condiciones a las anteriores, a las personas que estime conveniente.

e) Si el aumento de capital quedara suscrito sólo en parte, se llevará a efecto únicamente en la parte que haya sido suscrito.

f) Se delega a la Administración de la sociedad para que, de acuerdo con el resultado de la operación de aumento de capital, dé nueva redacción al artículo 7 de los Estatutos sociales, relativo al capital social.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas de acudir a la ampliación en los términos indicados, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio, de conformidad con el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Los accionistas tiene a su disposición, en el domicilio social, el texto íntegro del acuerdo de ampliación del capital social y de los términos del derecho de suscripción preferente.

Can Picafot, 14 de agosto de 2001.-El Administrador único.-44.207.

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