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Documento BORME-C-2001-159005

BENALAR, S. L. (Sociedad parcialmente escindida) INMUEBLES LISAR, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad beneficiaria de la escisión)

Publicado en:
«BORME» núm. 159, páginas 20378 a 20378 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-159005

TEXTO

Anuncio de escisión parcial A efectos de los establecido en los artículos 242 y 254 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales de socios de "Benalar, Sociedad Limitada", e "Inmuebles Lisar, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, celebradas con el carácter de universales el día 6 de agosto de 2001, han adoptado por unanimidad el acuerdo de escisión parcial de la primera mediante la segregación de una parte de su patrimonio y su traspaso en bloque a la sociedad ya existente "Inmuebles Lisar, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, que es la sociedad beneficiaria de la escisión parcial. La escisión se ha acordado tomando como base los balances de escisión aprobados, que son los cerrados a 31 de marzo de 2001.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 254 de la Ley de Sociedades Anónimas en relación con el artículo 242, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de escisión.

Igualmente y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 254 de la Ley de Sociedades Anónimas en relación con el artículo 243 se hace constar que durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio, los acreedores de las sociedades participantes podrán oponerse a la escisión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Valencia, 8 de agosto de 2001.-Los Administradores.-43.908. 1.a 20-8-2001.

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