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Documento BORME-C-2001-160030

GRUPO IT DEUSTO, S. L. (Sociedad absorbente) CENTRO DE ESTUDIOS INFORMÁTICOS, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida) SOFTWARE FACTORY DEUSTO, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 160, páginas 20434 a 20434 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-160030

TEXTO

En cumplimiento de los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que en Junta universal de socios de "Grupo IT Deusto, Sociedad Limitada", celebrada el 26 de junio de 2001 y en decisiones del accionista único de "Centro de Estudios Informáticos, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal", y del accionista único de "Software Factory Deusto, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal", adoptadas todas ellas en la misma fecha, se ha acordado y decidido, por unanimidad, la fusión por absorción de "Centro de Estudios Informáticos, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal", y de "Software Factory Deusto, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal", con la entera transmisión en bloque del patrimonio social de las sociedades absorbidas, que se extinguirán sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente, todo ello en los términos del proyecto de fusión elaborado por los Administradores de las sociedades que se fusionan y depositado en el Registro Mercantil de Vizcaya el 7 de junio de 2001. La absorbente es propietaria del 100 por 100 de las acciones de las absorbidas, por lo que no procede realizar ampliación de capital en la absorbente, ni informe de los Administradores y expertos independientes, ni establecer tipo ni procedimiento de canje de acuerdo con el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. Se aprobaron los respectivos Balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2000 y las operaciones de las absorbidas se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la absorbente a partir del 1 de enero de 2001.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y de los accionistas, respectivamente, así como de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión aprobados. Durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, los acreedores de cada una de estas sociedades, pueden oponerse a la fusión en los términos previstos en los artículos 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Bilbao, 30 de julio de 2001.-El Secretario del Consejo de Administración del "Grupo IT Deusto, Sociedad Limitada".-44.043. 2.a 21-8-2001.

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