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Documento BORME-C-2001-161019

TRANSPORTES MARÍTIMOS ALCUDIA, S. A. (Sociedad absorbente) TRANS-BALEAR, S. A. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 161, páginas 20540 a 20540 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-161019

TEXTO

Anuncio de fusión De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y concordantes, se hace público que la Junta general universal ordinaria y extraordinaria de "Transportes Marítimos Alcudia, Sociedad Anónima", celebrada el día 30 de junio de 2001, y en la Junta general universal odinaria y extraordinaria de "Trans-Balear, Sociedad Anónima", celebrada el día 30 de junio de 2001, quedó aprobada la fusión de "Transportes Marítimos Alcudia, Sociedad Anónima" con la entidad "Trans-Balear, Sociedad Anónima", mediante la absorción de la segunda por la primera.

"Trans-Balear, Sociedad Anónima" quedará disuelta sin liquidación, traspasando en bloque la totalidad de su patrimonio a "Transportes Marítimos Alcudia, Sociedad Anónima", que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones de la absorbida.

Dicha fusión se aprueba de conformidad con las menciones recogidas en el proyecto de fusión redactado y descrito conjuntamente por los administradores de ambas sociedades, que fue depositado en el Registro Mercantil de Palma de Mallorca el día 28 de mayo de 2001. Asimimsmo, se probó como balance de fusión el cerrado a 31 de diciembre de 2001.

Dado que "Transportes Marítimos Alcudia, Sociedad Anónima", es titular del 100 por 100 del capital social de "Trans-Balear, Sociedad Anónima", no es necesario proceder al canje de las acciones ni aumentar su capital social, ni elaborar los informes de los administradores ni de los expertos independientes.

La fusión no otorga derechos especiales a accionistas ni ventajas a los administradores. No existen obligaciones ni titulares de derechos especiales.

La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida que se extingue habrán de considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente será a partir del 30 de junio de 2001. De conformidad con los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace mención del derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos y el balance de fusión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Puerto de Alcudia, 13 de julio de 2001.-Jaime Bernardo Oliver Planisi.-43.903.

y 3.a 22-8-2001.

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