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Documento BORME-C-2001-179034

POLLENSA GOLF, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 179, páginas 22556 a 22557 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-179034

TEXTO

A los efectos de lo previsto en el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas, se pone en conocimiento de los accionistas de la sociedad que la Junta general extraordinaria celebrada en primera convocatoria, el día 6 de septiembre de 2001, adoptó por unanimidad el acuerdo de aumentar el capital en la suma de 30.000.000 de pesetas, mediante la emisión de 1.500 nuevas acciones nominativas a la par de 20.000 pesetas de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1.019 a la 2.518, estableciendo que las mismas deberán ser desembolsadas en metálico, en cuanto al 25 por 100 de su valor nominal en el momento de su suscripción, y el restante 75 por 100 en una o más veces, cuando lo determine la administración de la sociedad, dentro del plazo máximo de cinco años a contar del 6 de septiembre de 2001.

Asimismo, se fijó el plazo de un mes para que los accionistas pudieran ejercitar su derecho de suscripción preferente respecto a las nuevas acciones, a prorrata de las que ya ostentaban, y se estableció que, en caso de que transcurrido el plazo fijado no se haya procedido a la suscripción de la totalidad de las nuevas acciones, los que hubieren ejercitado su derecho de suscripción preferente tendrán un plazo adicional de un mes para suscribir las que acaso quedaren. En caso de suscripción incompleta, transcurridos los plazos aludidos, el capital se aumentará en la cuantía correspondiente al valor nominal de las acciones suscritas, facultándose, a tal efecto, al Administrador para poder armonizar la redacción del artículo 7 de los Estatutos a la nueva situación que resulte del capital social. A tal efecto, los accionistas tendrán derecho, dentro del plazo expresado a contar de la fecha del presente anuncio, a suscribir un número de nuevas acciones proporcional al que posean y, caso de que en el plazo aludido no se suscribiera toda la ampliación, los que hicieren uso del derecho tendrán el adicional referido.

Pollença, 6 de septiembre de 2001.-La Administradora única, Christa Maria Schallock.-46.332.

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