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Documento BORME-C-2001-181021

CROTONA, S. L. (Sociedad escindida) CROTONA TRES, S. L. (Sociedad beneficiaria de la escisión)

Publicado en:
«BORME» núm. 181, páginas 22918 a 22918 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-181021

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas por remisión del artículo 94.1 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que la Junta general de socios de la sociedad "Crotona, Sociedad Limitada", celebrada con el carácter de universal el día 30 de junio de 2001, acordó por unanimidad la escisión parcial de la compañía mediante la segregación de la rama de actividad constituida por el patrimonio afecto a la actividad de gestión de la participación en la entidad "Crotona Dos, Sociedad Limitada" (Sociedad unipersonal) a la sociedad de nueva creación, que girará bajo la denominación de "Crotona Tres, Sociedad Limitada". La sociedad beneficiaria se subrogará en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido reduciéndose el capital de la sociedad escindida en la cuantía de 3.634.840 euros, equivalentes a 604.786.488 pesetas, las reservas voluntarias en la cuantía de 531.802 euros, equivalentes a 88.484.408 pesetas y la reserva legal en el importe de 73.248 euros equivalentes a 12.187.442 pesetas. Todo ello de conformidad con el proyecto de escisión de fecha 10 de enero de 2001 depositado en el Registro Mercantil de Barcelona en fecha de 12 de junio de 2001 y sobre la base del Balance de la compañía, cerrado a 31 de diciembre de 2000.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión; el derecho de los representantes de los trabajadores de examinar en el domicilio social los documentos a que se refiere el artículo 238 de la LSA; así como el derecho de los acreedores que estén en el caso del artículo 243 de la LSA, en relación con el 166 de la misma, de oponerse a la escisión, con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes, a contar desde el último anuncio de escisión.

Alella (Barcelona), 4 de septiembre de 2001.-La Administración social.-46.372.

y 3.a 19-9-2001.

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