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Documento BORME-C-2001-181077

TRELLEBORG VASCONIA, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) TRELLEBORG IBERCAUCHO ÁLAVA, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida) INGENIERÍA Y ELASTÓMEROS, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 181, páginas 22927 a 22928 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-181077

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que los accionistas únicos de las sociedades "Trelleborg Vasconia, Sociedad Anónima" (sociedad unipersonal), "Trelleborg Ibercaucho Álava, Sociedad Anónima" (sociedad unipersonal), e "Ingeniería y Elastómeros, Sociedad Anónima" (sociedad unipersonal), en toma de decisiones, que tuvieron lugar el 29 de junio de 2001, aprobaron la fusión de las tres sociedades mediante la absorción de "Tre lleborg Ibercaucho Álava, Sociedad Anónima" (sociedad unipersonal), e "Ingeniería y Elastómeros, Sociedad Anónima" (sociedad unipersonal) (sociedades absorbidas), por parte de "Trelleborg Vasconia, Sociedad Anónima" (sociedad unipersonal) (sociedad absorbente y accionista único de "Trelleborg Ibercaucho Álava, Sociedad Anónima", que, a su vez, es accionista único de "Ingeniería y Elastómeros, Sociedad Anónima"), con disolución sin liquidación de aquéllas y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos a "Trelleborg Vasconia, Sociedad Anónima" (sociedad unipersonal). La fusión se acordó sobre la base del proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes el día 13 de junio de 2001, y depositado en los Registros Mercantiles de Vizcaya y Álava el 22 de junio de 2001, con los Balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2000.

Se hace constar, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Asimismo, se hace constar, en cumplimiento del artículo 243 de dicha Ley, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la misma.

Bilbao e Izarra, 31 de agosto de 2001.-El Secretario del Consejo de Administración.-46.321.

y 3.a 19-9-2001.

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