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Documento BORME-C-2001-184006

BOLIDEN CUIVRE Y ZINC ESPAÑA, S. A. Sociedad unipersonal

Publicado en:
«BORME» núm. 184, páginas 23202 a 23202 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-184006

TEXTO

Reducción de capital social De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en fecha 29 de junio de 2001, el accionista único, por medio de su legal representante y en ejercicio de las competencias atribuidas a la Junta general de accionistas de la sociedad, ha decidido reducir el capital social, actualmente fijado en seiscientos un mil (601.000) euros, en la cuantía de diecinueve mil doscientos (19.200) euros, mediante la disminución del valor nominal de todas y cada una de las acciones en la cifra de un euro y noventa y dos céntimos (1,92) por acción, quedando en lo sucesivo fijada la cifra de capital social en quinientos ochenta y un mil ochocientos (581.800) euros, representado por 10.000 acciones, ordinarias, nominativas, de cincuenta y ocho euros y dieciocho céntimos (58,18) de valor nominal cada una de ellas, totalmente suscritas y desembolsadas y numeradas correlativamente del 1 al 10.000, ambos inclusive.

La referida reducción de capital se realiza con la exclusiva finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio de la sociedad disminuido como consecuencia de pérdidas acumuladas en los ejercicios anteriores y cifradas en la cantidad de tres millones ciento noventa y tres mil setenta y ocho (3.193.078) pesetas, equivalentes a 19.190,79 euros, de conformidad con los artículos 163 y 164 de la Ley de Sociedades Anónimas.

El excedente del Activo sobre el Pasivo, que asciende a 1.533 pesetas, equivalentes a 9,21 euros, se atribuirá a reserva legal, en aplicación de lo previsto en el artículo 168.3 de la Ley de Sociedades Anónimas. La reducción de capital se ejecutará antes de, o por todo el próximo 30 de noviembre de 2001.

La presente publicación se realiza a los efectos meramente informativos, por estar excluido el derecho de oposición de acreedores, según lo previsto en el artículo 167.1.1.o de la Ley de Sociedades Anónimas.

Sant Boi de Llobregat, 18 de septiembre de 2001.-El Secretario no Consejero del Consejo de Administración.-47.445.

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