(En liquidación) La Junta general extraordinaria y universal de la compañía mercantil "Jaricas, Sociedad Limitada", en liquidación, disuelta de pleno derecho y cancelados todos sus asientos por aplicación de la disposición transitoria 6.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, adoptó entre otros, el acuerdo de reactivar la sociedad conforme a lo dispuesto en el artículo 242 del Reglamento del Registro Mercantil al objeto de restablecer la operatividad de la compañía y permitir el acceso en el Registro Mercantil de sus acuerdos a fin de llevar a término en su día la definitiva disolución de la sociedad y extinción de su personalidad jurídica, advirtiendo el derecho que asiste a los acreedores de formular oposición en el término de un mes a contar desde el día siguiente de la última publicación del presente anuncio ("Boletin Oficial del Registro Mercantil" o prensa diaria).
Las Palmas de Gran Canaria, 17 de septiembre de 2001.-El Liquidador, Carlos Vives Carpa.-48.547.
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