En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 246 del Reglamento del Registro Mercantil, se hace público que el pasado 1 de octubre de 2001, el socio único de la sociedad "Ofra Komplementär, Sociedad Limitada, Hoteles y Cía., S. Com." adoptó la decisión de disolver dicha sociedad sin liquidación, con cesión global de sus Activos y Pasivos a su único socio, "Ofra Komplementär, Sociedad Limitada, y Cia., S. Com.", el cual expresamente aceptó dicha cesión global.
Se hace constar el derecho de los acreedores de "Ofra Komplementär, Sociedad Limitada, Hoteles y Cia., S. Com." (sociedad cedente) y de "Ofra Komplementär, Sociedad Limitada, y Cia., S. Com." (sociedad cesionaria) a obtener el texto íntegro de los acuerdos de cesión, así como el derecho de dichos acreedores a oponerse a la cesión en el plazo de un mes.
Calviá, 2 de octubre de 2001.-Los Administradores únicos de las dos sociedades.-49.481.
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