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Documento BORME-C-2001-199001

ACINCO CONSULTORÍA Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 199, páginas 25421 a 25421 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-199001

TEXTO

Convocatoria de Junta extraordinaria El Consejo de Administración ha acordado convocar Junta extraordinaria de accionistas, en la calle Vallehermoso, 30, de Madrid, el día 6 de noviembre de 2001, a las nueve horas, en primera convocatoria, y al día siguiente, en el mismo lugar y hora, en segunda convocatoria, de acuerdo con el siguiente Orden del día Primero.-Nombramiento Consejero, en su caso.

Segundo.-Aprobación de los Estados financieros intermedios auditados a 31 de agosto de 2001.

Tercero.-Compensación de las pérdidas procedentes de ejercicios anteriores por importe de 46.288.009 pesetas, destinando a tal efecto las Reservas Voluntarias de la sociedad, así como su Reserva Legal y prima de emisión, en los términos previstos en el artículo 168 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Cuarto.-Reducción del capital social a cero pesetas para compensación de pérdidas, con ampliación simultánea de capital por importe de 131.000.000 de pesetas, más una prima de emisión de 132.000.000 de pesetas, que se suscribirán por emisión de 1.310 nuevas acciones de 100.000 pesetas de valor nominal números del 1 al 1.310 del modo siguiente: El 70 por 100 por "Grupo Ep Ingeniería y Servicios Integrales, Sociedad Anónima", mediante la compensación parcial del crédito que dicho accionista tiene concedido a la sociedad. Se acompaña, a estos efectos, informe de auditoría en el que se certifica que dicho crédito cumple con los requisitos exigidos en el artículo 156 de la Ley de Sociedades Anónimas.

El 30 por 100 por "PAD Consultoría y Proyectos, Sociedad Limitada", mediante suscripción en metálico.

Quinto.-Que a los efectos de lo previsto en el artículo 161 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, si en el término de un mes alguno de los socios no concurriera a la suscripción de su parte en el aumento de capital, se entenderá realizada ésta en la parte suscrita.

Sexto.-Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 153.A) del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se faculta a los Administradores de la sociedad para llevar el acuerdo de aumento de capital a efecto, fijando las condiciones del mismo en todo lo no previsto. El alcance de esta delegación se fija en tres meses.

Séptimo.-Modificación del artículo 6.o de los Estatutos sociales.

Octavo.-Quedan a disposición de todos los accionistas los siguientes documentos, que podrán ser examinados por todos los accionistas en el domicilio social: 1. Texto íntegro de la modificación estatuaria prevista.

2. Estados financieros a 31 de agosto.

3. Informe de auditoría sobre dichos estados.

4. Informe de auditoría sobre los requisitos previstos en el artículo 156 de la Ley de Sociedades Anónimas.

5. Informe del órgano de administración acerca de la ampliación.

Noveno.-Aprobación del acta.

Madrid, 11 de octubre de 2001.-El Secretario.-50.967.

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