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Documento BORME-C-2001-199067

URPESA, S. A. (Sociedad absorbente) FERQUIN, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida) LAS MERINAS, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida) ESTINSA, ESTUDIOS E INICIATIVAS INMOBILIARIAS, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida) PROMOTORA INMOBILIARIA DEL SURESTE, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 199, páginas 25430 a 25431 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-199067

TEXTO

Anuncio de fusión De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, y por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas generales universales de "Urpesa, Sociedad Anónima"; "Estinsa, Estudios e Iniciativas Inmobiliarias, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Ferquin, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Las Merinas, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y "Promotora Inmobiliaria del Sureste, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, de fecha 28 de junio de 2001, aprobaron, por unanimidad, la fusión de las sociedades mencionadas mediante la aportación total del patrimonio de "Estinsa, Estudios e Iniciativas Inmobiliarias, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Ferquin, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Las Merinas, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y "Promotora Inmobiliaria del Sureste, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, que se disuelven sin liquidación, a "Urpesa, Sociedad Anónima", todo ello, en los términos del proyecto de fusión firmado por los miembros de los órganos de administración, depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y de Murcia, y sobre la base de los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2000.

De conformidad con los artículos 238 y siguientes de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado, así como de los Balances de fusión. Del mismo modo se reconoce a los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 243 de dicha Ley el derecho a oponerse a la fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha del tercer y último anuncio del acuerdo de fusión.

Madrid y Murcia, 5 de octubre de 2001.-La Secretaria de los Consejos de Administración de "Urpesa, Sociedad Anónima"; "Estinsa, Estudios e Iniciativas Inmobiliarias, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Ferquin, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Las Merinas, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y "Promotora Inmobiliaria del Sureste, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, María Montoro Zulueta.-49.989.

2.a 16-10-2001.

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