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Documento BORME-C-2001-20003

AFEISA, S. A. (Sociedad absorbente) S. M. DEZAC, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 20, páginas 2361 a 2361 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-20003

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, se hace público que los socios de dichas sociedades aprobaron la fusión mediante absorción de "S. M. Dezac, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, por "Afeisa, Sociedad Anónima", con disolución sin liquidación de aquélla y la transmisión en bloque de su patrimonio a "Afeisa, Sociedad Anónima", así como la adquisición por ésta por sucesión universal, de todos los derechos y obligaciones de aquélla todo ello de conformidad con el proyecto de fusión firmado para los Administradores de las dos sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona. Los Balances de fusión aprobados son los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2000.

Dado que la sociedad absorbente, "Afeisa, Sociedad Anónima", es titular del 100 por 100 de las acciones de la sociedad absorbida, "S. M. Dezac, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, la presente fusión no exige la emisión de acciones nuevas, ni ecuación de canje, ni intervención de expertos independientes.

No se efectúa modificación alguna de los actuales cargos del órgano de administración de la sociedad absorbente ni se conceden ventajas de ningún tipo al mismo.

La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida se entienden realizadas por cuenta de la absorbente será la de 1 de enero de 2001.

Las sociedad absorbente, como consecuencia de la fusión, adoptará, con efectos a partir de la inscripción en el Registro Mercantil de la escritura de fusión, la denominación social de "S. M. Dezac, Sociedad Anónima", todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 418 del Reglamento del Registro Mercantil.

Los acreedores tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y del Balance de fusión, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Se hace constar, asimismo, el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes, a contar desde el último anuncio del acuerdo de las Juntas generales, todo ello de conformidad con lo estipulado en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Barcelona, 15 de enero de 2001.-El Administrador único de "Afeisa, Sociedad Anónima", y de "S. M. Dezac, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal.-3.340. 1.a 29-1-2001.

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