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Documento BORME-C-2001-202043

YOGURES ANDALUCES, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 202, páginas 26008 a 26009 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-202043

TEXTO

Convocatoria de junta general extraordinaria de accionistas Se convoca a los accionistas de la sociedad a Junta general extraordinaria que se celebrará en el domicilio social, carretera Madrid-Cádiz, kilómetro 535, Sevilla, el día 20 de noviembre de 2001, a las doce horas, en primera convocatoria, y, en su caso, en segunda convocatoria, al día siguiente, en el mismo lugar y hora, bajo el siguiente Orden del día Primero.-Designar Presidente y Secretario de la Junta de accionistas.

Segundo.-Aprobación, en su caso, del proyecto de fusión por absorción de "Yogures Andaluces, Sociedad Anónima", y "Sociedad de Asesoramiento Técnico Agropecuario, Sociedad Limitada", como entidades absorbidas, por parte de "Corporación Alimentaria Peñasanta, Sociedad Anónima" como entidad absorbente, suscrito por los Administradores de las sociedades que se fusionan, en fecha 2 de agosto de 2001, y debidamente depositado en los registros mercantiles correspondientes.

Tercero.-Aprobación, en su caso, del Balance de fusión de "Yogures Andaluces, Sociedad Anómina", cerrado a 31 de mayo de 2001.

Cuarto.-Aprobación, en su caso, de la fusión por absorción de las sociedades "Yogures Andaluces, Sociedad Anónima" y "Sociedad de Asesoramiento Técnico Agropecuario, Sociedad Limitada" como sociedades absorbidas, y "Corporación Alimentaria Peñasanta, Sociedad Anónima" como sociedad absorbente, extinguiéndose las absorbidas una vez concluido el proceso de fusión, con transmisión en bloque y a título universal de sus patrimonios a la absorbente.

Quinto.-Acuerdos complementarios conducentes a la ejecución de los anteriores. Aprobación del acta de la Junta.

Menciones mínimas relativas al proyecto de fusión: a) Sociedades que participan en la fusión: Como sociedad absorbente: "Corporación Alimentaria Peñasanta, Sociedad Anónima", domiciliada en Sierra de Granda, sin número, Siero, Asturias, inscrita en el Registro Mercantil de Asturias, al tomo 1.649, folio 2, hoja AS-9927 y CIF: A-03161270; y como sociedades absorbidas: "Yogures Andaluces, Sociedad Anónima", con domicilio en Sevilla, carretera Madrid-Cádiz, kilómetro 535, inscrita en el Registro Mercantil de Sevilla, al tomo 1.366, folio 153, hoja SE-4.140, inscripción 29, y CIF: A-41029869 y "Sociedad de Asesoramiento Técnico Agropecuario, Sociedad Limitada" sociedad unipersonal, domiciliada en Núñez de Balboa, 48, Madrid, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 8.861, folio 175, sección 8.a, hoja M-142.573, inscripción 3.a y CIF: B-81021172.

b) Tipo de canje: Respecto de "Yogures Andaluces, Sociedad Anónima": Por cada acción de 100 pesetas de valor nominal, 154 acciones de 1 peseta de valor nominal, de nueva Serie, de "Corporación Alimentaria Peñasanta, Sociedad Anónima", más una compensación adicional en metálico de 68 céntimos de peseta, y por cada acción de 500 pesetas de valor nominal, 772 acciones de 1 peseta de valor nominal, de nueva serie, de "Corporación Alimentaria Peñasanta, Sociedad Anónima". Respecto a Sociedad de Asesoramiento Técnico Agropecuario, por ser la sociedad absorbente titular de la totalidad de las participaciones sociales de la sociedad absorbida, no es necesario, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 250 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, hacer mención al tipo de canje ni al procedimiento de canje.

c) Procedimiento de canje: El canje, con sustitución de unos títulos por otros, se realizará en el domicilio social dentro del mes siguiente a la inscripción en el Registro Mercantil de la escritura de fusión.

Transcurrido dicho plazo, serán anulados los títulos no canjeados, quedando depositados los títulos que sustituyan a aquéllos, por cuenta de quien justifique su titularidad.

d) Efectos retroactivos de la fusión: A efectos contables, se fija como fecha, a partir de la cual las operaciones de las sociedades que se extingan han de considerarse realizadas por la sociedad absorbente, la de 1 de junio de 2001.

e) Otras menciones: 1. No existe, tanto en la sociedad absorbente como en las sociedades absorbidas, ninguna clase de acciones o participaciones especiales o privilegiadas, ni persona que tenga derechos especiales distintos de las acciones o participaciones.

2. No se contempla el otorgamiento de ventajas de cualquier clase a favor de los Administradores de las sociedades partícipes en la mencionada operación de fusión.

3. No se prevé el otorgamiento de ventajas de cualquier clase en la sociedad absorbente a favor de los expertos independientes que intervengan en el proyecto de fusión, ni de los Administradores de las sociedades participantes en la mencionada operación de fusión por absorción.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 240.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, se pone a disposición de los accionistas, para su examen en el domicilio social, y a solicitud de los mismos les será entregado y enviado gratuitamente, el texto íntegro de los documentos ordenados en el artículo 238 del mismo texto legal, que asimismo quedan a disposición de los representantes de los trabajadores.

De conformidad con los Estatutos vigentes, tendrán derecho a asistir a la Junta general los accionistas que tengan inscritas sus acciones en el correspondiente Registro, con cinco días de antelación a la fecha de celebración de la Junta, y los titulares de acciones que acrediten mediante documento público su regular adquisición de quien en el Libro Registro aparezca como titular.

Sevilla, 17 de octubre de 2001.-El Administrador único.-51.518.

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