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Documento BORME-C-2001-203087

SUZUKI MANUFACTURING SPAIN, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 203, páginas 26292 a 26292 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-203087

TEXTO

Reducción de capital En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, y en los artículos 11, 21 y 28 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, de Introducción al Euro, se comunica que la Junta general extraordinaria de accionistas de "Suzuki Manufacturing Spain, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, con carácter de universal, en reunión de 16 de octubre de 2001, acordó: Reducir el capital de la sociedad, con la finalidad de devolver aportaciones, en la cantidad de mil millones (1.000.000.000) de pesetas, mediante la amortización de las acciones numeradas de la dos millones cuatrocientas mil una (2.400.001) a la cuatro millones cuatrocientas mil (4.400.000), ambas inclusive.

Modificar el valor nominal de las acciones que representan el capital social, pasando de quinientas (500) pesetas a mil (1.000) pesetas cada una de ellas y numerarlas correlativamente de la 1 a la 1.200.000, ambas inclusive.

Redenominar el capital social y el valor nominal de las acciones. El capital social de mil doscientos millones (1.200.000.000) de pesetas, se redenomina en siete millones doscientos doce mil ciento cuarenta y cinco euros con veinticinco (7.212.145,25 euros) y el valor de cada acción de mil (1.000) pesetas se redenomina en 6,01012 euros.

Reducir el capital social en 145,25 euros con el objetivo de redondear a dos decimales el valor resultante de la redenominación de las acciones.

Modificar, consecuentemente, el artículo 5 de los Estatutos sociales, que queda redactado como sigue: "Artículo 5. El capital social es de siete millones doscientos doce mil euros (7.212.000 euros), representado por 1.200.000 acciones nominativas de 6,01 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 1.200.000, ambas inclusive, formando una sola serie. Todas las acciones se hallan totalmente desembolsadas." Se abre el período de tiempo establecido en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas para que los acreedores que lo deseen se opongan, en su caso, a la citada reducción de capital.

Manzanares, 17 de octubre de 2001.-El Secretario del Consejo de Administración.-51.828.

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