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Documento BORME-C-2001-204023

E.J.J.M., S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) SWINGTEX, S. L. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 204, páginas 26466 a 26466 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-204023

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto den el artículo 42 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de socios de ambas sociedades celebradas en fecha 15 de junio de 2000, aprobaron por unanimidad, acordar la fusión de "E.J.J.M., Sociedad Limitada" (Sociedad unipersonal), y "Swingtex, Sociedad Limitada" de acuerdo con el proyecto de fusión elaborado y suscrito por los órganos de administración de ambas sociedades, de fecha 5 de mayo de 2000, el cual ha sido debidamente depositado en el Registro Mercantil.

La fusión se realizará mediante la absorción por parte de "E.J.J.M., Sociedad Limitada" (Sociedad unipersonal), de "Swingtex, Sociedad Limitada", con disolución, sin liquidación de la sociedad absorbida, que transmite a título de sucesión universal la totalidad de los elementos de su activo y de su pasivo, la cual se subroga en todos los derechos y obligaciones de aquélla.

La fusión se acordó con ampliación de capital de la sociedad absorbente por la totalidad del capital de la absorbida, mediante el canje de participaciones de la sociedad absorbida por las participaciones nuevas emitidas por la sociedad absorbente en la proporción de dos nuevas por cada una vieja. No hubo modificación de la Administración social de la sociedad absorbente, ni concesión de ventajas a los administradores de las sociedades participantes en la fusión. Se trasladó el domicilio social al de la sociedad absorbida.

La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida, que se extingue, habrán de considerarse realizadas, a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente, será a partir del día 1 de junio de 2000.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades, según el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión. Igualmente se hace constar el derecho que asiste a dichos acreedores, durante un mes, a oponerse a la fusión proyectada, en los términos expresados en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Barcelona, 20 de junio de 2000.-El Administrador único de "Swingtex, Sociedad Limitada", Ángel Augusto Fortuna Fermoselle.-El Administrador único de "E.J.J.M., Sociedad Limitada" (Sociedad unipersonal), Eduardo Bosch Serrano.

Barcelona, 18 de octubre de 2001.-Ángel Augusto Fortuna Fermoselle.-Eduardo Bosch Serrano.-51.750. 1.a 23-10-2001.

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