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Documento BORME-C-2001-206003

ARENAS DE ARIJA, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 206, páginas 26861 a 26862 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-206003

TEXTO

Convocatoria Junta general extraordinaria Por acuerdo del Consejo de Administración se convoca a los señores accionistas a la Junta general extraordinaria, que se celebrará, en primera convocatoria, el día 26 de noviembre de 2001, a las veinte horas, en el domicilio social sito en la calle Arsenio Brachott, sin número, de Arija (Burgos), y, de no alcanzarse el quórum necesario para su válida constitución, en segunda convocatoria, el siguiente día 27 de noviembre de 2001, a la misma hora y lugar, para debatir y decidir sobre los siguientes extremos que componen el Orden del día Primero.-Examen y, en su caso, aprobación del Balance de fusión que será el cerrado a 30 de septiembre de 2001.

Segundo.-Debate, y, en su caso, adopción de los acuerdos necesarios para proceder a la fusión de la sociedad con "Sociedad de Minerales Silíceos de Catalunya, Sociedad Anónima".

La fusión será realizada en base al proyecto de fusión cuyas menciones mínimas legalmente exigibles son: a) Datos de las sociedades que participan en la fusión: Los datos de las sociedades que participan en la fusión son los siguientes: 1. "Arenas de Arija, Sociedad Anónima", con domicilio social en la calle Arsenio Brachott, sin número, de Arija (Burgos); inscrita en el Registro Mercantil de Burgos, al tomo 232, libro 23, hoja BU785, CIF número A-09001660.

2. "Sociedad de Minerales Silíceos de Catalunya, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, con domicilio social en Zona Franca-Sector H, Casa Antúnez, de Barcelona, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, al tomo 26.543, folio 164, sección 8, hoja número 104145, CIF número A-60436102.

"Sociedad de Minerales Silíceos de Catalunya, Sociedad Anónima", tiene la condición de sociedad unipersonal, perteneciendo todas sus acciones a "Arenas de Arija, Sociedad Anónima".

b) Tipo de canje: Al pertenecer, directa o indirectamente, todas las acciones de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente, no procede la indicación del tipo de canje, como indica el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas.

c) Procedimiento de canje: No procede por la misma razón.

d) Fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad que se extinga habrán de considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente: La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad que se extinga, a saber "Sociedad de Minerales Silíceos de Catalunya, Sociedad Anónima", se considerarán realizadas a efectos contables por la sociedad absorbente "Arenas de Arija, Sociedad Anónima", será el 1 de enero de 2001.

e) Derechos otorgados en la sociedad absorbente: No se otorgan en la sociedad absorbente derechos para ningún tipo de acciones, ni existen en la sociedad absorbida titulares de derechos especiales distintos de las acciones a los que pudieran concederse derechos u opciones de cualquier clase en la sociedad absorbente.

f) Ventajas atribuidas en la sociedad absorbente en favor de los Administradores y expertos independientes: No se atribuyen en la sociedad absorbente ningún tipo de ventajas a favor de los Administradores de la sociedad absorbente o de la absorbida.

No interviniendo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 250.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, expertos independientes en el proceso de fusión es obvio que tampoco existirán ventajas atribuidas a favor de los mismos.

Tercero.-Reducción del capital social para la amortización de acciones propias. Consiguiente modificación del artículo 4.o de los Estatutos.

Cuarto.-Ampliación de capital social con cargo a reservas de libre disposición, mediante la elevación del valor nominal de las acciones. Consiguiente modificación del artículo 4.o de los Estatutos.

Para dicha ampliación servirá de base el Balance cerrado a 30 de septiembre de 2001, cuya aprobación se propondrá a la Junta en el punto primero del orden del día.

Quinto.-Redenominación del capital social en euros. Consiguiente modificación del artículo 4.o de los Estatutos.

Sexto.-Sustitución de los títulos de las acciones.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, obligacionistas y titulares de derechos especiales distintos de las acciones, así como también a los representantes de los trabajadores, a examinar en el domicilio social de cada una de las sociedades que intervienen en el proceso de fusión los documentos indicados en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas, así como el de obtener la entrega o envío gratuito del texto íntegro de los mismos, en especial: (i) proyecto de fusión. (ii) cuentas anuales, informe de gestión, y, en su caso, informe de auditoría de los tres últimos ejercicios sociales. (iii) Balance de fusión que será el cerrado a 30 de septiembre de 2001 (iv) Estatutos, (v) identificación Administradores.

Cualquier accionista podrá obtener de forma inmediata y gratuita el Balance de fusión que será sometido a la aprobación de la Junta.

Los señores accionistas podrán examinar en el domicilio social el texto íntegro de las modificaciones estatutarias que comportan los diversos extremos que componen el orden del día, así como el informe sobre dichas modificaciones, pudiendo pedir la entrega o envío gratuito de los referidos documentos.

Burgos, 18 de octubre de 2001.-El Secretario del Consejo de Administración.-52.592.

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