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Documento BORME-C-2001-206040

PATRIB NIULIT, S. L. (Sociedad escindida) FOMESA LÍNEA EXTERIOR, S. L. BALIMA REFORMAS Y REHABILITACIÓN, S. L. RIUDOL CORPORATION, S. L. (Sociedades beneficiarias)

Publicado en:
«BORME» núm. 206, páginas 26869 a 26869 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-206040

TEXTO

En cumplimiento de los dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias de las sociedades "Patrib Niulit, Sociedad Limitada"; "Fomesa Línea Exterior, Sociedad Limitada"; "Balima Reformas y Rehabilitación, Sociedad Limitada", y "Riudol Corporation, Sociedad Limitada", celebradas en sus respectivos domicilios sociales y con carácter universal el día 15 de octubre de 2001, acordaron, por unanimidad, la escisión total de "Patrib Niulit, Sociedad Limitada", con extinción de la misma y el traspaso a título universal de todo su patrimonio, dividido en tres bloques a las sociedades beneficiarias "Fomesa Línea Exterior, Sociedad Limitada"; "Balima Reformas y Rehabilitación, Sociedad Limitada", y "Riudol Corporation, Sociedad Limitada", las cuales se subrogarán en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido que cada una de ellas reciba.

No procederá establecer tipo de canje ni efectuar ampliación de capital alguna en las tres sociedades beneficiarias, por ser dichas sociedades socios de la sociedad escindida "Patrib Niulit, Sociedad Limitada", y resultar igualmente beneficiarias de la escisión, tratándose de un supuesto de escisión-fusión.

La escisión se acordó con base al proyecto de escisión total redactado y suscrito por la Administración de la compañía de fecha 15 de julio de 2001, debidamente depositado en el Registro Mercantil de Barcelona con fecha 2 de octubre de 2001, y en base al Balance de la compañía cerrado al 31 de mayo de 2001.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de las sociedades que intervienen en la escisión, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión, así como el derecho de los acreedores que estén en el caso del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, en relación con el 166 de la misma, de oponerse a la escisión, con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de escisión.

Barcelona, 16 de octubre de 2001.-Los órganos de administración de "Patrib Niulit, Sociedad Limitada"; "Fomesa Línea Exterior, Sociedad Limitada"; "Balima Reformas y Rehabilitación, Sociedad Limitada", y "Riudol Corporation, Sociedad Limitada".-51.810. 2.a 25-10-2001.

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