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Documento BORME-C-2001-207020

GALCOM, S. A. (Sociedad escindida) GLOBAL GAME MACHINE CORPORATION, S. A. BARNA CENTER, S. A. (Sociedades beneficiarias)

Publicado en:
«BORME» núm. 207, páginas 27022 a 27022 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-207020

TEXTO

Anuncio de escisión De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de accionistas de "Galcom, Sociedad Anónima", y "Barna Center, Sociedad Anónima", y en acta de decisiones del socio único de "Global Game Machine Corporation, SAU", celebradas el día 27 de junio de 2001, acordaron, por unanimidad, la disolución y extinción de "Galcom, Sociedad Anónima", con escisión de la totalidad de su patrimonio en dos partes que son absorbidas por las sociedades "Global Game Machine Corporation, Sociedad Anónima", y "Barna Center, Sociedad Anónima", las cuales adquirirán, por sucesión universal la parte que les corresponda de los derechos y obligaciones de aquélla.

Los acuerdos de escisión han sido adoptados conforme al proyecto de escisión, redactado por los Administradores de las sociedades participantes en la misma y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, con fecha 14 de abril de 2001.

Las Juntas generales extraordinarias y universales de accionistas y decisiones del socio único de las sociedades participantes en la escisión aprobaron, igualmente, por unanimidad, los Balances de escisión adoptándose como tales los correspondientes a sus ejercicios anuales cerrados a 31 de diciembre de 2000, debidamente auditados en su caso.

Las sociedades beneficiarias "Global Game Machine Corporation, Sociedad Anónima", y "Barna Center, Sociedad Anónima", como ya se ha mencionado, absorben una parte cada una de ellas, del patrimonio escindido que les corresponden, en proporción exacta y en contraprestación de las acciones que poseen de la sociedad que se escinde, por lo que no existe relación de canje, ni tampoco compensación complementaria en dinero, ni se producirá emisión de acciones ni ampliación de capital por parte de las beneficiarias, no siendo tampoco necesaria la designación de un informe por parte de experto independiente.

Las sociedades que participan en la escisión, no tienen ni tendrán acciones de clases especiales, ni derechos especiales distintos de las acciones. Por otra parte, las sociedades beneficiarias de la escisión no otorgarán ningún tipo de derecho especial a ningún accionista, ni a los Administradores de las sociedades participantes en la escisión.

De conformidad con lo previsto en los artículos 242, 243 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente: a) El derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la escisión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados en las Juntas generales y el Balance de escisión de cada una de dichas sociedades.

b) El derecho de oposición a la escisión que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que intervienen en la escisión durante el transcurso de un mes contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados en las respectivas Juntas generales, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Terrassa (Barcelona), 2 de octubre de 2001.-El Secretario del Consejo de Administración de "Galcom, Sociedad Anónima", José Molina Martínez; el Presidente de "Global Game Machine Corporación, Sociedad Anónima", Manuel Lao Gorina; el representante de "Dimetraco 98, Sociedad Limitada", José Segura Seguí, Administrador único de "Barna Center, Sociedad Anónima".-51.853.

2.a 26-10-2001.

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