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Documento BORME-C-2001-210031

CONSULTORES DE PENSIONES BBVA, S. A. (Sociedad absorbente) HÉRCULES PENSIONES CONSULTORÍA Y ASESORAMIENTO, S. A. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 210, páginas 27527 a 27527 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-210031

TEXTO

Anuncio de fusión De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales de accionistas de "Consultores de Pensiones BBVA, Sociedad Anónima" y "Hércules Pensiones Consultoría y Asesoramiento, Sociedad Anónima", celebradas el día 22 de octubre de 2001 en Madrid, aprobaron el proyecto de fusión redactado y suscrito por los Administradores de las dos sociedades citadas con fecha 5 de octubre de 2001 (depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 19 de octubre) y, en consecuencia, la fusión por absorción de "Hércules Pensiones Consultoría y Asesoramiento, Sociedad Anónima" por parte de "Consultores de Pensiones BBVA, Sociedad Anónima", con extinción sin liquidación de la primera citada y transmisión en bloque de su patrimonio a "Consultores de Pensiones BBVA, Sociedad Anónima", como sociedad absorbente, a título de sucesión universal, quedando subrogada la sociedad absorbente en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, de acuerdo con lo previsto en el artículo 233 de la Ley de Sociedades Anónimas, en los términos del citado proyecto de fusión.

De igual manera, las Juntas generales aprobaron el Balance de fusión cerrado al 30 de septiembre de 2001.

Las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente a partir del 1 de octubre de 2001.

No existirán ninguna clase de ventajas en relación con los expertos ni administradores de las sociedades que se fusionan. No existirán en la sociedad absorbente titulares de acciones de clases especiales o que tengan derechos especiales distintos de las acciones.

De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de modo expreso el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las dos sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de fusión.

De igual manera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de modo expreso el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, asiste a los acreedores de cada una de las dos sociedades que participan en la fusión, en los términos que resulta del citado precepto y artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 24 de octubre de 2001.-Por Consultores de "Pensiones BBVA, Sociedad Anónima", el Administrador único, Luis Valentín Buey Villahoz.-Por "Hércules Pensiones Consultoría y Asesoramiento, Sociedad Anónima", el Secretario del Consejo de Administración, José Joaquín Manjón Simón.-53.067. y 3.a 31-10-2001.

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