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Documento BORME-C-2001-210049

FUNDICIÓN INDUSTRIAL DE GRASAS ANIMALES (F.I.G.A.S.A.)

Publicado en:
«BORME» núm. 210, páginas 27530 a 27530 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-210049

TEXTO

Don Emiliano García Martín, Secretario del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Béjar.

Hago saber: Que en autos de referencia se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: Doña María Teresa Vázquez Pizarro, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Béjar ha pronunciado la siguiente sentencia: En Béjar, a 18 de abril de 2001. Vistos los autos de juicio de menor cuantía 198/99, seguidos a instancia de don Gerardo González Gómez, don Jesús María Sánchez San José, don Julián Martín Sánchez, don Justo Martín Matas, don Vicente Díaz Rodilla y don Fernando Parra Gómez, representados por la Procuradora señora Asensio Martín, bajo la dirección de la Letrada señora Bautista Rodríguez, contra la sociedad "Fundición Industrial de Grasas Animales, Sociedad Anónima" (FIGASA), sus accionistas y cuantas personas físicas o jurídicas pudieran tener interés directo en este pleito, estando en situación de rebeldía los demandados, sobre disolución de sociedad anónima.

Fallo: Que estimando la demanda presentada por la Procuradora señora Asensio Martín, en nombre y representación de don Gerardo González Gómez, don Jesús María Sánchez San José, don Julián Martín Sánchez, don Justo Martín Matas, don Vicente Díaz Rodilla y don Fernando Parra Gómez, contra la sociedad "Fundición Industrial de Grasas Animales" (FIGASA), sus accionistas y cuantas personas físicas o jurídicas pudieran tener interés en este pleito, estando en situación de rebeldía los demandados, debo declarar y declaro disuelta dicha sociedad, debiendo ejercer las funciones atribuidas por la Ley a los liquidadores la comisión liquidadora ya nombrada. Las costas de este procedimiento se imponen a los demandados.

Firme esta resolución, inscríbase en el Registro Mercantil y publíquese en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" y en uno de los diarios de mayo circulación del lugar del domicilio social.

Así por esta mi sentencia, que será notificada a las partes con expresión de los recursos que contra ella caben, lo pronuncio, mando y firmo.

Y, para que se lleve a efecto lo acordado, expido el presente.

Béjar, 29 de mayo de 2001.-El Secretario.-52.836.

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