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Documento BORME-C-2001-224086

LICORES CASTRO, S. L.

Publicado en:
«BORME» núm. 224, páginas 29981 a 29981 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-224086

TEXTO

Don Luis Antonio Gallego Otero, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Torrejón de Ardoz, Hago saber: Que en el expediente sobre suspensión de pagos número 123/2001, a instancia de "Licores Castro, Sociedad Limitada", se ha dictado la siguiente resolución: "Providencia.-En Torrejón de Ardoz a 31 de octubre de 2001.

A la vista de los términos del convenio propuesto por la suspensa ``Licores Castro, Sociedad Limitada'', en la Junta general de acreedores celebrada el 31 de octubre de 2001, que contiene las siguientes estipulaciones, en síntesis: La dación en pago de la suspensa a los acreedores de unos bienes-inmuebles (finca urbana número de inscripción 3.729, sita en Madrid, e inscrita en el Registro de la Propiedad número 24 de la mencionada localidad; la nave industrial número 35.099, en Alcobendas, e inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de la localidad, y la nave número 3.151, en Algete, e inscrita en el Registro de la Propiedad de la localidad), de mercaderías por valor de 250.345.263 pesetas y derechos de crédito que ascienden a 49.019.870 pesetas, con renuncia de los acreedores a cualquier reclamación derivada de la dación, especialmente en lo relativo a la solvencia de los derechos de créditos cedidos; la constitución de una Comisión de Acreedores, compuesta por cinco acreedores, para la efectividad de la dación de pago y destinada a la realización de los actos de conservación, administración y disposición de los bienes y derechos cedidos; el compromiso de la suspensa a otorgar a la Comisión de cuantos documentos sean necesarios para cumplir sus fines y llevar a efecto su actividad, y la observancia por la Comisión del siguiente orden de pago a los acreedores: Los de la masa, los acreedores con derecho de abstención y abstenidos y, por último, los ordinarios. Sometido a la aprobación de la Junta de acreedores el convenio, que supone una quita en los créditos de los acreedores, con la inclusión de la alternativa planteada por el representante de la acreedora PROYVISA -y aceptada por la suspensa- de que cada acreedor podrá retirar las existencias que le pertenecieran en la proporción que le correspondiera, no alcanzó la mayoría de las tres cuartas partes del total del pasivo de la suspensa, y, por tanto, se acuerda convocar a los acreedores a nueva Junta, en la que quedará aprobado el Convenio si reuniera el voto favorable de las dos terceras partes del pasivo (artículo 14 de la LSP), y se señala para su celebración el 11 de diciembre de 2001, a las doce horas, en la Sala de Audiencia de este Juzgado.

Anunciada la nueva convocatoria, lugar, día y hora de celebración en la Junta celebrada, cítese a los acreedores ausentes en la misma forma que la convocatoria anterior; hágase pública la presente resolución por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el ``Boletín Oficial del Estado'', ``Boletín Oficial del Registro Mercantil'' y en uno de los cinco primeros diarios de difusión estatal, y entréguense los despachos y edictos acordados expedir al Procurador de la entidad suspensa para que cuide de su tramitación con anterioridad a la Junta.

Así lo acuerda, manda y firma don Luis Antonio Gallego Otero, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Torrejón de Ardoz, doy fe." Torrejón de Ardoz, 5 de noviembre de 2001.-La Secretaria.-56.437.

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