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Documento BORME-C-2001-224093

MERCANTIL INTERCONTINENTAL, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal (Antes denominada "Hagemeyer Holding Ibérica, Sociedad Limitada") Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) ABM EIVISSA, SOCIEDAD ANÓNIMA ABM GESTIÓN, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad unipersonal ELECTRO MERCANTIL EUROPA, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad unipersonal ELECTROFIL ZARAGOZA, SOCIEDAD ANÓNIMA HIPER RED 2, SOCIEDAD ANÓNIMA MERCANTIL BALEARES, SOCIEDAD ANÓNIMA MERCANTIL CATALUNYA, SOCIEDAD ANÓNIMA MERCANTIL EXTREMADURA, SOCIEDAD ANÓNIMA MERCANTIL GUADALAJARA, SOCIEDAD ANÓNIMA MERCANTIL INTERCONTINENTAL, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad unipersonal MERCANTIL LEVANTE, SOCIEDAD ANÓNIMA MESSA LA MANCHA, SOCIEDAD ANÓNIMA MESSA MURCIA, SOCIEDAD ANÓNIMA MISA ALICANTE, SOCIEDAD ANÓNIMA MISA ANDALUCÍA, SOCIEDAD ANÓNIMA MISA CASTILLA Y LEÓN, SOCIEDAD ANÓNIMA MISA LA MANCHA, SOCIEDAD ANÓNIMA SERVICIO DE GESTIÓN Y CONTROL, SOCIEDAD ANÓNIMA VIFECO GALICIA, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 224, páginas 29982 a 29982 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-224093

TEXTO

Anuncio de fusión Primero. Aprobación de la fusión.-En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el 20 de noviembre de 2001, el socio único de la sociedad "Mercantil Intercontinental, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal (antes denominada "Hagemeyer Holding Ibérica, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal y, en adelante, la sociedad absorbente), y la Junta general de "Abm Eivissa, Sociedad Anónima"; el accionistas único de "Abm Gestión, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; el accionista único de "Electro Mercantil Europa, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; la Junta general de "Electrofil Zaragoza, Sociedad Anónima"; la Junta general de "Hiper Red 2, Sociedad Anónima"; la Junta general de "Mercantil Baleares, Sociedad Anónima"; la Junta general de "Mercantil Catalunya, Sociedad Anónima"; la Junta general de "Mercantil Extremadura, Sociedad Anónima"; la Junta general de "Mercantil Guadalajara, Sociedad Anónima"; el accionista único de "Mercantil Intercontinental, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; la Junta general de "Mercantil Levante, Sociedad Anónima"; la Junta general de "Messa La Mancha, Sociedad Anónima"; la Junta general de "Messa Murcia, Sociedad Anónima"; la Junta general de "Misa Alicante, Sociedad Anónima"; la Junta general de "Misa Andalucía, Sociedad Anónima"; la Junta general de "Misa Castilla y León, Sociedad Anónima"; la Junta general de "Misa La Mancha, Sociedad Anónima"; la Junta general de "Servicio de Gestión y Control, Sociedad Anónima" y la Junta general de "Vifeco Galicia, Sociedad Anónima" (todas ellas, conjuntamente, las sociedades absorbidas), sociedades íntegramente participadas, ya sea directa o indirectamente, por la sociedad absorbente, acordaron la fusión por absorción de "Abm Eivissa, Sociedad Anónima"; "Abm Gestión, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Electro Mercantil Europa, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Electrofil Zaragoza, Sociedad Anónima"; "Hiper Red 2, Sociedad Anónima"; "Mercantil Baleares, Sociedad Anónima"; "Mercantil Catalunya, Sociedad Anónima"; "Mercantil Extremadura, Sociedad Anónima"; "Mercantil Guadalajara, Sociedad Anónima"; "Mercantil Intercontinental, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Mercantil Levante, Sociedad Anónima"; "Messa La Mancha, Sociedad Anónima"; "Messa Murcia, Sociedad Anónima"; "Misa Alicante, Sociedad Anónima"; "Misa Andalucía, Sociedad Anónima"; "Misa Castilla y León, Sociedad Anónima"; "Misa La Mancha, Sociedad Anónima"; "Servicio de Gestión y Control, Sociedad Anónima" y "Vifeco Galicia, Sociedad Anónima", por parte de "Hagemeyer Holding Ibérica, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, con extinción de la personalidad jurídica de aquéllas y transmisión de su patrimonio en bloque a "Mercantil Intercontinental, Sociedad Limitada" (antes denominada "Hagemeyer Holding Ibérica, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal), como sucesora universal, la cual viene a subrogarse en todos los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, en los términos establecidos en el proyecto de fusión, todo ello conforme al procedimiento de fusión regulado por el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada en relación con la sección segunda del capítulo VIII de la Ley de Sociedades Anónimas, específicamente con lo dispuesto en su artículo 250.

El acuerdo de fusión fue adoptado conforme al proyecto de fusión redactado y suscrito por los Administradores de dichas sociedades y aprobado por los respectivos órganos de administración el día 24 de septiembre de 2001, y su depósito quedó efectuado en el Registro Mercantil de Madrid el día 15 de noviembre de 2001, habiéndose practicado las correspondientes notas marginales en el mismo.

Dado que la sociedad absorbente es titular, directa o indirectamente, del 100 por 100 de las acciones de las sociedades absorbidas, no es necesario proceder al canje de acciones, ni aumentar su capital social, ni elaborar los informes de los Administradores ni de los expertos independientes. La fusión no otorga derechos especiales a accionistas ni ventajas a los Administradores. No existen obligaciones ni titulares de derechos especiales.

La fecha a partir de la cual las operaciones de las sociedades absorbidas que se extinguen habrán de considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente será el 1 de enero de 2002.

Segundo. Derecho de información y oposición.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los correspondientes Balances de fusión.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, en los términos previstos en dicho artículo y en el artículo 166 del mismo texto legal.

Madrid, 20 de noviembre de 2001.-José Nicolás Serrano, Secretario del Consejo de Administración de "Mercantil Intercontinental, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal (antes denominada "Hagemeyer Holding Ibérica, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal) y representante persona física del Administrador único de las sociedades absorbidas, "Mercantil Intercontinental, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal (antes denominada "Hagemeyer Holding Ibérica, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal).-57.241. 2.a 22-11-2001.

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