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Disolución En cumplimiento de lo previsto en el artículo 263 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el accionista único de la sociedad, en ejercicio de las competencias de la Junta general de accionistas de la sociedad, decidió con fecha 7 de noviembre de 2001 disolver la compañía al amparo de la causa primera del apartado 1 del artículo 260 del Real Decreto 1564/1989, de 22 de diciembre, de la Ley de Sociedades Anónimas, designándose a don Eduardo Álvarez, Liquidador único.
En Madrid a 8 de noviembre de 2001.-El Liquidador único.-56.455.
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