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Documento BORME-C-2001-225140

RESIDENCIAL SITGES 2000, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 225, páginas 30164 a 30164 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-225140

TEXTO

Que en la Junta extraordinaria y universal de accionistas de la sociedad, celebrada el 5 de noviembre de 2001 en el domicilio social, cumpliendo todos los requisitos previstos en la legislación vigente, se adoptó, por unanimidad, los siguientes acuerdos: Reducir el capital social, actualmente fijado en cuarenta millones de pesetas, en la cifra de treinta millones de pesetas (30.000.000 de pesetas), es decir, hasta la cifra de diez millones de pesetas (10.000.000 de pesetas), con el objeto de devolver a los socios sus aportaciones hasta la señalada cuantía.

Que la reducción de capital se lleve a cabo mediante la reducción del valor nominal de las acciones, actualmente fijado en diez mil pesetas (10.000 pesetas) hasta la cifra de dos mil quinientas pesetas (2.500 pesetas) por acción.

La reducción dará lugar al reembolso a los accionistas del valor nominal reducido, es decir, siete mil quinientas pesetas (7.500 pesetas) por acción.

Como consecuencia de lo anterior, la cantidad total a reembolsar por la sociedad será de treinta millones de pesetas (30.000.000 de pesetas) El plazo para llevar a cabo la reducción de capital y la correspondiente devolución de aportaciones se establece desde el día de hoy hasta el 31 de diciembre del corriente.

Los acreedores podrán oponerse a la reducción en el plazo y términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Como consecuencia de los anteriores acuerdos se modifica el artículo 10.o de los Estatutos sociales, que queda redactado como sigue: "Artículo 10.o Capital.-El capital social se fija en la suma de diez millones de pesetas, representado por cuatro mil acciones, ordinarias y nominativas, de dos mil quinientas pesetas de valor nominal, cada una, numeradas correlativamente del 1 al 4.000, inclusive; que se representarán mediante títulos que podrán ser unitarios o múltiples y contendrán todos los requisitos legales y la firma de una Administrador. El capital está íntegramente suscrito y desembolsado." Sitges, 21 de noviembre de 2001.-Un Administrador.-57.707.

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