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Documento BORME-C-2001-228002

ALDAPA COSTERA, S. L. (Sociedad absorbente) SOLO-ALDE, S. L. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 228, páginas 30705 a 30705 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-228002

TEXTO

Anuncio de fusión Se hace público que las Juntas generales de socios de "Aldapa Costera, Sociedad Limitada" y "Solo-Alde, Sociedad Limitada", respectivamente, celebradas ambas con carácter universal el día 22 de noviembre de 2001, adoptaron, por unanimidad, los acuerdos siguientes: Primero.-Aprobar la fusión por absorción entre "Aldapa Costera, Sociedad Limitada", como sociedad absorbente y "Solo-Alde, Sociedad Limitada", como sociedad absorbida, tomando como referencia el Balance a 30 de septiembre de 2001, y adquiriendo "Aldapa Costera, Sociedad Limitada", el patrimonio de "Solo-Alde, Sociedad Limitada", cuyo Activo y Pasivo pasa globalmente a la sociedad absorbente, quien los asume a título de sucesión universal.

Como consecuencia, "Solo-Alde, Sociedad Limitada", sociedad absorbida, se disuelve sin liquidación, con extinción de su personalidad jurídica.

Siendo "Aldapa Costera, Sociedad Limitada", sociedad absorbente, titular del 100 por 100 del capital social de "Solo-Alde, Sociedad Limitada", no es necesario ampliar el capital social de "Aldapa Costera, Sociedad Limitada", ni por tanto, fijar el tipo ni el procedimiento de canje de las participaciones sociales.

Segundo.-La fecha a partir de la cual las operaciones de "Solo-Alde, Sociedad Limitada", sociedad absorbida, se entenderán realizadas a efectos contables por cuenta de "Aldapa Costera, Sociedad Limitada", será la fecha del otorgamiento de la escritura pública de fusión.

Tercero.-La fusión no conllevará el otorgamiento de ventajas especiales a los expertos que intervengan en la misma ni a los Administradores de las sociedades implicadas.

Cuarto.-La fusión no supondrá modificación de los Estatutos sociales de la sociedad absorbente.

El proyecto de fusión fue depositado en el Registro Mercantil de Vizcaya el día 20 de noviembre de 2001.

El presente anuncio se publica a los efectos del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, por la remisión contemplada en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán ejecutar su derecho de oposición en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los presentes acuerdos.

Bilbao, 22 de noviembre de 2001.-Los Administradores mancomunados de "Aldapa Costera, Sociedad Limitada".-58.172. y 3.a 28-11-2001.

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