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Documento BORME-C-2001-229098

REEMTSMA ESPAÑA, S. A. (Sociedad absorbente) EMPRESA ESPAÑOLA DE TABACOS EMESTA, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 229, páginas 30860 a 30860 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-229098

TEXTO

Anuncio de fusión 1. Aprobación de la fusión.-En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el 24 de noviembre de 2001, la Junta general extraordinaria de accionistas de "Reemtsma España, Sociedad Anónima" y el socio único de "Empresa Española de Tabacos Emesta, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, acordaron la fusión por absorción de "Empresa Española de Tabacos Emesta, S. L.", sociedad unipersonal (en adelante, EMESTA por parte de "Reemtsma España, Sociedad Anónima" (en adelante, REEMTSMA), con extinción de la personalidad jurídica de aquélla y transmisión de su patrimonio en bloque a REEMTSMA, como sucesora universal, la cual viene a subrogarse en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, EMESTA, en los términos establecidos en el proyecto de fusión, todo ello conforme al procedimiento de fusión regulado por el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada en relación con la sección segunda del capítulo VIII de la Ley de Sociedades Anónimas.

El acuerdo de fusión fue adoptado conforme al proyecto de fusión redactado y suscrito por los Administradores de dichas sociedades y aprobado por sus respectivos Consejos de Administración el día 11 de octubre de 2001, y cuyo depósito quedó efectuado en el Registro Mercantil de Madrid el día 15 de noviembre de 2001, habiéndose practicado las correspondientes notas marginales en el mismo.

2. Derechos de información y oposición.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los correspondientes Balances de fusión.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, en los términos previstos en dicho artículo y en el artículo 166 del mismo texto legal.

Madrid, 24 de noviembre de 2001.-Emilio Díaz Ruiz, Secretario del Consejo de Administración de "Reemtsma España, Sociedad Anónima", y de "Empresa Española de Tabacos Emesta, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal.-58.328.

y 3.a 29-11-2001.

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