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Documento BORME-C-2001-239036

MONTES DE PIEDAD Y CAJA DE AHORROS DE RONDA, CÁDIZ, ALMERÍA, MÁLAGA Y ANTEQUERA (UNICAJA)

Publicado en:
«BORME» núm. 239, páginas 32358 a 32359 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-239036

TEXTO

Décima emisión de deuda subordinada Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (UNICAJA), con domicilio social en Málaga, avenida de Andalucía, números 10 y 12, y código de identificación fiscal G-29498086, va a poner en circulación obligaciones subordinadas de acuerdo con la legislación vigente, con las siguientes características: Importe del empréstito: El importe global de la emisión es de hasta sesenta millones de euros.

Denominación: La emisión se denominará "Subordinadas Unicaja Décima Emisión".

Características de los valores: Se pondrán en circulación doscientas mil obligaciones subordinadas, representadas por títulos al portador, en serie única, de trescientos euros de valor nominal cada una, numeradas de la 1 a la 200.000. La entidad emisora podrá agrupar en títulos múltiples variables los correspondientes a cada suscriptor.

Tipo de emisión: Las obligaciones se emitirán a la par, esto es, trescientos euros nominales por obligación, libre de todo tipo de comisiones y gastos para el suscriptor.

Tipo de interés: El tipo de interés nominal bruto anual de las obligaciones será variable anualmente.

El primer año, es decir, durante el período que se inicia el 14 de diciembre de 2001 y finaliza el 13 de diciembre de 2002, el tipo de interés aplicable a la emisión será del 3 por 100.

El tipo aplicable en cada uno de los siguientes períodos anuales (que se iniciarán el día 14 de diciembre de cada año y finalizará el día 13 de diciembre del año siguiente), se determinará mediante la adición de 0,50 puntos al tipo de referencia constituido por el Tipo de Interés Medio de Operaciones Pasivas de las Cajas de Ahorros Confederadas, publicado por la Confederación Española de Cajas de Ahorros en el "Boletín Estadístico del Banco de España" correspondiente al mes de octubre anterior al comienzo del período anual al que deba aplicarse.

El tipo de interés nominal obtenido no tendrá ningún límite máximo o mínimo en su aplicación.

Si por cualquier circunstancia, hoy imprevisible, no pudiera aplicarse el tipo de referencia indicado, con carácter sustitutivo el tipo de interés nominal bruto anual vendrá determinado por el que resulte publicado en el "Boletín Estadístico del Banco de España" como tipo de interés medio ponderado de las Letras del Tesoro,con amortización a un año, correspondiente al mes de octubre anterior al comienzo del período anual al que deba aplicarse, disminuido en 0,5 puntos, sin que este tipo de interés nominal bruto anual determinado con carácter sustitutivo pueda exceder del tipo Euribor a doce meses, publicado en ese mismo mes de octubre en el "Boletín Estadístico del Banco de España".

De no publicarse los índices anteriores, será de aplicación el tipo de interés aplicado en el pago del último cupón, hasta la nueva aplicación de cualquiera de los índices reseñados.

El tipo de referencia y el tipo de interés nominal que resulte para cada período anual se harán públicos oportunamente por Unicaja para conocimiento de los tenedores de los títulos, en los tablones de anuncios de las sucursales de la entidad, con quince días de antelación al comienzo del período de devengo.

El tipo de interés se hará efectivo por trimestres vencidos, los días 13 de marzo, 13 de junio, 13 de septiembre y 13 de diciembre de cada uno de los años de vida de la emisión, siendo el primer cupón a pagar el correspondiente al vencimiento de 13 de marzo de 2002.

A las obligaciones suscritas en el período de suscripción, se les abonará, en el vencimiento correspondiente al día 13 de marzo de 2002, la parte proporcional de intereses desde la fecha en que fueron formalizadas, atendiendo al número de días transcurridos desde el día siguiente al de desembolso hasta el referido vencimiento de cupón.

Suscripción: La emisión llevará fecha de 13 de diciembre de 2001. La suscripción de las obligaciones se efectuará mediante el sistema de ventanilla abierta hasta la total colocación de la emisión o, en todo caso, hasta el 13 de marzo de 2002, quedando reducida la emisión y contraído su importe, de no haberse cubierto en su totalidad, al valor nominal de las obligaciones colocadas en la expresada fecha.

Amortización: La devolución del principal de las obligaciones subordinadas se realizará en un sólo pago, el día 13 de diciembre de 2007, no existiendo posibilidad de amortización anticipada por parte del emisor ni del suscriptor.

Garantías y condición subordinada: La emisión está garantizada por la responsabilidad patrimonial universal de la Caja con arreglo a derecho. Las obligaciones de la presente emisión tendrán la consideración de subordinadas respecto de las obligaciones generales de Unicaja, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7, apartado 1, de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, sobre Coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros, según nueva redacción establecida por la Ley 13/1992, de 1 de junio, de Recursos propios y supervisión en base consolidada de las entidades financieras; los artículos 20 y 22 del Real Decreto 1343/1992, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla la mencionada Ley 13/1992 y redactado conforme al Real Decreto 583/1994, de 25 de marzo; así como la norma 8 de la Circular del Banco de España 5/1993, de 26 de marzo, según redacción dada por la Circular 2/1994, de 4 de abril.

El pago de intereses no se diferirá en el supuesto de que la cuenta de resultados de la entidad presente pérdidas, al haber sido derogada la letra b) del apartado 3 del artículo 22 del Real Decreto 1343/1992 por el Real Decreto 538/1994, de 25 de marzo.

En el supuesto de aplicación de las reglas de prelación de créditos establecidas en el Código de Comercio y en el Código Civil por incurrir la entidad emisora en un procedimiento concursal o de quiebra, los derechos y créditos de los tenedores de las "Obligaciones Subordinadas Unicaja Décima Emisión", frente a la entidad emisora se situarán, salvo que la legislación aplicable estableciese otra cosa, detrás de todos los acreedores comunes y de la siguiente manera: 1) Tras los derechos y créditos de todos los acreedores comunes de la entidad emisora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 letra g) del Real Decreto 1343/1992, de 6 de noviembre; 2) Tras los derechos y créditos de aquellos acreedores subordinados cuyo crédito se derive de una escritura pública anterior a la fecha de la presente emisión.

Retención a cuenta de impuestos: Los rendimientos de las obligaciones subordinadas estarán sujetos a la retención a cuenta de impuestos vigente en cada momento. Actualmente tal retención es del 18 por 100.

Admisión a negociación oficial: No se solicitará la admisión a negociación de esta emisión en ningún mercado secundario organizado.

Comisario del Sindicato de Obligacionistas: Se nombra Comisario del Sindicato de Obligacionistas de la presente emisión, con carácter provisional, a don Francisco Jiménez Machuca.

Folleto de emisión: El correspondiente folleto informativo ha sido inscrito en los registros oficiales de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, y se encuentra a disposición de los suscriptores en el domicilio social de la entidad emisora.

Málaga, 13 de diciembre de 2001.-El Director de la Asesoría Jurídica.-61.182.

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