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Cédula de notificación El Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 11 de Madrid, Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 238/1997, de convocatoria de Junta general de accionistas, seguidos a instancia de don Bienvenido Lara Martí, contra "Editorial Tecnibán, Sociedad Anónima", en los que se ha acordado convocar Junta de accionistas, con el contenido siguiente: Se convoca Junta general extraordinaria de la sociedad anónima "Editorial Tecnibán, S. A.", con el siguiente Orden del día Primero.-Adaptación de la sociedad a la vigente Ley de Sociedades Anónimas y aprobación de nuevos Estatutos, con todos los puntos previstos en la Ley con inclusión, entre otros, de la designación del órgano de administración de la sociedad y nombramiento de la persona o personas que han de desempeñarlo, así como cambio de domicilio social.
Segundo.-Examen y aprobación de las cuentas anuales, informe de gestión y propuesta de aplicación del resultado, correspondiente a los ejercicios sociales de 1995, 1996, 1997, 1998 y 1999, Tercero.-Examen y aprobación, si procede, de la gestión social de los Administradores, correspondiente a los ejercicios de 1995, 1996, 1997, 1998 y 1999.
Cuarto.-Delegación de facultades para la solemnización e inscripción de los acuerdos y depósito de cuentas en el Registro Mercantil, así como para el otorgamiento de las escrituras de subsanación que fueran precisas.
Quinto.-Aprobación, si procede, del acta.
La Junta se celebrará el día 15 de marzo de 2001 y hora de las once, en primera convocatoria, en el despacho de Abogados "Sanz Arribas & Cid, Abogados", sito en Madrid, calle Cea Bermúdez, 53, 3.o derecha, al no existir en la actualidad las antiguas oficinas de la sociedad, sitas en la calle Atocha, 34, y no tener por tanto domicilio social alguno, y en el mismo lugar y hora del siguiente día, en segunda convocatoria, siendo presidida por don Carlos Enrique Greciano Guadaño, con domicilio en calle San Gregorio, 19 (28260 Galapagar), quien ya ha aceptado y jurado el cargo.
Que, la convocatoria se justifica como consecuencia de haberse cancelado de oficio por el Registro Mercantil de Madrid, por caducidad y estar totalmente paralizada y descabezada y tener intención de ponerla de nuevo en funcionamiento.
Que, en todo caso, el acuerdo se hará constar en escritura pública y los Administradores podrán requerir la presencia de Notario para que levante acta de la Junta y estarán obligados a hacerlo siempre que los accionistas que representen, al menos el 1 por 100 del capital social lo soliciten con cinco días de antelación al previsto para la celebración de la Junta, siendo los honorarios del mismo a cargo de la sociedad.
Que se haga constar el derecho que corresponde a todos los accionistas a obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta, incluyendo el texto íntegro de la modificación de Estatutos propuesta y las cuentas anuales y examinarlos en el despacho de Abogados que tramita esta convocatoria judicial, "Sanz Arribas & Cid, Abogados" en la calle Cea Bermúdez, 53, 3.o derecha, de Madrid, al no haber domicilio social.
Madrid, 7 de febrero de 2001.-El Secretario.-7.445.
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