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Documento BORME-C-2001-38047

PALMA CANARIA, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 38, páginas 4620 a 4620 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-38047

TEXTO

Ampliación de capital. Oferta de suscripción preferente El Administrador informa que la Junta general extraordinaria, en reunión celebrada el día 9 de febrero de 2001, debidamente convocada, adoptó, por unanimidad, el acuerdo de aumentar el capital social en la cantidad de 366.610 euros, llevando el resultante de esta ampliación hasta 667.110 euros de capital total, mediante la emisión de 6.100 nuevas acciones nominativas, numeradas del 5.001 al 11.100, ambos inclusive, de 60,10 euros de valor nominal cada una, y a suscribir y desembolsar en los términos siguientes: 1. Tipo de emisión: Las nuevas acciones se emitirán por su valor nominal de 60,10 euros cada una.

2. Desembolso: En efectivo, a pagar al tiempo de suscripción.

3. Plazo de suscripción: Podrá ejercerse hasta el de un mes, a contar de la fecha de publicación de esta oferta de suscripción preferente en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil".

4. Lugar de suscripción: La suscripción y desembolso o pago del valor efectivo de las nuevas acciones deberá efectuarse en la cuenta corriente que a continuación se expresa: Caja Rural, 3076/0470/94/0230673820.

En el ingreso se indicará la identidad de quien lo verifica y el número de acciones del que sea titular, sirviendo el resguardo del mismo como justificante del desembolso por el número de acciones nuevas cubiertas.

Igualmente, el Administrador hace saber: 1.o La suscripción podrá ser total o parcial, de no suscribirse por entero la ampliación de capital dentro del período de suscripción, los Administradores están facultados para entender la ampliación contraída a la suma del valor nominal y al número de acciones suscritas.

2.o Una vez acreditados los correspondientes ingresos realizados a la finalización del plazo señalado, se procederá a la formalización del aumento del capital suscrito y desembolsado y a la modificación pertinente del artículo 7.o de los Estatutos sociales.

3.o El importe de la ampliación se destinará a la construcción de nuevas instalaciones.

La Orotava, 9 de febrero de 2001.-El Administrador.-7.855.

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