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Documento BORME-C-2001-39041

PEDRO DOMECQ, S. A. (Sociedad absorbente) DESTILERÍAS Y CRIANZA DEL WHISKY, S..A. JOHN HARVEY ESPAÑA, S. L. (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 39, páginas 4780 a 4780 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-39041

TEXTO

Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales de accionistas de las sociedades "Pedro Domecq, Sociedad Anónima" y "Destilerías y Crianza del Whisky, Sociedad Anónima" y el socio único de "John Harvey España, Sociedad Limitada", aprobaron el día 20 de febrero de 2001, respecto de las dos primeras y el día 13 de febrero de 2001 respecto de la última, la fusión entre dichas sociedades, mediante la absorción de "Destilerías y Crianza del Whisky, Sociedad Anónima" y "John Harvey España, Sociedad Limitada" por "Pedro Domecq, Sociedad Anónima", con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas, siendo la sociedad absorbente titular de la totalidad de las acciones de "John Harvey España, Sociedad Limitada", traspasando las sociedades absorbidas en bloque todo su patrimonio a la sociedad absorbente, con la consiguiente asunción por parte de ésta, de todos los bienes, derechos y obligaciones dimanantes del patrimonio de aquéllas.

Todo lo anterior, de acuerdo con los proyectos de fusión aprobados que, con fecha 15 y 20 de diciembre de 2000 fueron depositados en los Registros Mercantiles de Madrid y Cádiz, respectivamente, y de conformidad con los balances de fusión de "Pedro Domecq, Sociedad Anónima", "Destilerías y Crianza del Whisky, Sociedad Anónima" y "John Harvey España, Sociedad Limitada", cerrados a 31 de agosto de 2000, que fueron aprobados igualmente por sus respectivas Juntas generales.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los señores accionistas y a los señores acreedores de las citadas sociedades, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión.

Igualmente se hace constar el derecho que asiste a los señores acreedores sociales de oponerse a la presente fusión, en los términos previstos en los artículos 166 y 243 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 20 de febrero de 2001.-El Secretario del Consejo de Administración.-8.234.

y 3.a 23-2-2001.

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