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Como consecuencia de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria, celebrada el día 13 de junio de 2000, por la que se aprobó la reactivación/revitalización de la sociedad, de conformidad con la disposición transitoria sexta de la Ley de Sociedades Anónimas, y como quiera que no se aprobó por unanimidad, se hace saber a los señores accionistas que podrán ejercitar el derecho de separación, en el plazo legalmente establecido.
Tarragona, 1 de marzo de 2001.-El Secretario del Consejo de Administración.-9.990.
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