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Escisión parcial, modificación de objeto y cambio de denominación social En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, se hace público que la Junta general extraordinaria de la "Sociedad Municipal de Aparcamientos y Gestión Urbanística de Las Palmas de Gran Canaria, Sociedad Anónima" (en adelante Sagulpa), celebrada el día 23 de febrero de 2001, aprobó la escisión parcial de Sagulpa, mediante la segregación de la unidad económica de gestión urbanística, en favor de la sociedad de nueva creación denominada "Sociedad Municipal de Gestión Urbanística de Las Palmas de Gran Canaria, Sociedad Anónima", aprobándose como Balance de escisión el cerrado a 30 de junio de 2000.
De acuerdo con el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho del accionista único y de los acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión y el Balance de escisión.
Los acreedores de Sagulpa podrán oponerse a la escisión en los términos regulados por el artículo 243 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
Las Palmas de Gran Canaria, 28 de febrero de 2001.-El Presidente de la Junta general de Sagulpa, José Manuel Soria López.-10.441.
1.a 6-3-2001.
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