La entidad "Frionuba, Sociedad Anónima", hace público que en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 263 de la LSA y 242 del RRM, la Junta general de la sociedad, en reunión celebrada, con carácter universal y extraordinario, el día 6 de febrero de 2001, se acordó, por unanimidad, la reactivación por haber desaparecido la causa legal de disolución, sin que se haya procedido al pago de la cuota de liquidación alguna y dado que el patrimonio contable no es inferior al capital social.
En la Junta se nombra Administrador único.
Huelva, 20 de marzo de 2001.-El Administrador único.-13.259.
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