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La Junta general ordinaria de carácter universal de "Rusurmar, Sociedad Limitada", unipersonal, en sesión celebrada el 2 de enero de 2001, aprobó, por decisión de su socio único, su disolución sin apertura del período de liquidación, mediante la cesión global de la totalidad de activos y pasivos a su socio único "Aletesa, Sociedad Anónima".
Dicha cesión global de activos y pasivos ha sido aceptada expresamente por el socio único "Aletesa, Sociedad Anónima", que se subroga en todos los derechos y obligaciones de la sociedad disuelta. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de "Rusurmar, Sociedad Limitada", unipersonal (sociedad cedente), y de "Aletesa, Sociedad Anónima" (sociedad cesionaria), de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades mencionadas, en el plazo de un mes, y en los términos establecidos en los artículos 117 de la Ley de Sociedades Limitadas, y 243 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 2 de enero de 2001.-El Administrador único de "Rusurmar, Sociedad Limitada", unipersonal.-El Consejero-delegado de "Aletesa, Sociedad Anónima".-13.624.
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