Cédula de notificación En el procedimiento 259/1997 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente: Sentencia.-En Santiago de Compostela a 22 de abril de 1998.
El señor don José Gómez Rey, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Santiago de Compostela y su partido, habiendo visto los presentes autos de menor cuantía 259/1997 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una, como demandante, don José Vedo Jares, con la Procuradora señora Pérez Otero, y de otra, como demandados, la entidad mercantil "Autoservicios Internacionales del Calzado", con el Procurador señor García Piccoli Atanes, y representante legal, don Luis Cándido Martín de Vidales y Rossi.
Fallo: Que estimando la demanda presentada por la Procuradora doña María Pérez Otero, en nombre y presentación de don José Vedo Jares, contra la entidad mercantil "Autoservicios Internacional del Calzado, Sociedad Anónima", decido.
Primero.-Declarar la disolución de la compañía mercantil "Autoservicios Internacionales del Calzado, Sociedad Anónima".
Segundo.-Declarar que durante el período de liquidación de la sociedad la denominación social de la compañía "Autoservicios Internacionales del Calzado, Sociedad Anónima" quedará modificada, en el sentido de añadirse a la misma la frase "en liquidación".
Tercero.-Nombrar en ejecución de sentencia, un Liquidador de la compañía, con las más ámplias facultades a que en derecho hubiere lugar, a fin de que, en trámite de ejecución de sentencia, practique la total liquidación de la compañía, realizando los activos sociales, pagando las deudas sociales y, en su caso, repartiendo el remanente que resulte entre los accionistas, todo ello de conformidad con las normas legales aplicables.
Cuarto.-Decreto la revocación a todos los poderes mercantiles conferidos a favor de don José Vedo Jares y don Luis Cándido Martín de Vidales y Rossi, mediante escritura autorizada por el Notario de esta ciudad, don Ildefonso Sánchez Mera, en 30 de septiembre de 1996, bajo el número 4.803 de su protocolo de dicho año, acordando la notificación de dicha revocación a los Apoderados, en sus domicilios de Santiago, calle Vía Marconi, 5, y calle Alfredo Brañas, 27, respectivamente.
Quinto.-Acuerdo la inscripción de la sentencia en el Registro Mercantil de la provincia, al tomo 1.119, sección general, hoja C-5.453, en que consta inscrita la sociedad, expidiéndose para ello el correspondiente mandamiento al señor Registrador encargado.
Sexto.-Acuerdo la publicación de la sentencia en el "Boletín Oficial del Estado" y en uno de los diarios de mayor circulación de Santiago, así como su publicación en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil". Todo ello con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandada.
Y como consecuencia de lo acordado en el fallo de la sentencia dictada, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Santiago de Compostela, 12 de septiembre de 2000.-El Secretario.-14.420.
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