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Documento BORME-C-2001-8018

GRAN TURISMO ARABA, S. A. (Sociedad escindida parcialmente) INMUEBLES OÑATE, S. L. (Sociedad beneficiaria de la escisión)

Publicado en:
«BORME» núm. 8, páginas 949 a 949 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-8018

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 242 y 254 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, en relación con el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que la Junta general extraordinaria universal de la sociedad "Gran Turismo Araba, Sociedad Anónima", celebrada en el domicilio social el día 1 de diciembre de 2000, adoptó, por unanimidad, la escisión parcial de dicha sociedad, mediante la segregación y traspaso de rama de actividades de su patrimonio, la dedicada a la explotación en cualquier forma de toda clase de bienes inmuebles, siendo beneficiaria única "Inmuebles Oñate, Sociedad Limitada" (sociedad de nueva creación).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242, antes mencionado, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores y accionistas de la sociedad que se escinde a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de la escisión. Durante el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión, los acreedores de la sociedad que se escinde podrán oponerse a la escisión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Vitoria, 14 de diciembre de 2000.-Los Administradores solidarios.-568. 2.a 11-1-2001.

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