El día 30 de diciembre de 2000, la Junta general extraordinaria universal de socios aprobó por unanimidad los siguientes acuerdos: Primero.-La disolución y liquidación de la compañía, de acuerdo con los artículos 260 a 280 y concordantes de la Ley de Sociedades Anónimas y 247 y concordantes del Reglamento del Registro Mercantil.
Segundo.-El Balance final de liquidación, con existencia en Caja de 5.132.500 pesetas y un capital de 2.575.000 pesetas y unas reservas de 2.557.500 pesetas y las cuentas anuales.
Tercero.-No hay acreedores.
Cuarto.-Que el Balance no ha sido impugnado y no se han formulado reclamaciones.
Quinto.-Que se ha producido el reparto y división entre los socios del Haber social en efectivo metálico con arreglo a su participación.
Sexto.-Que no ha lugar a nombrar Interventores ni pedir la intervención del Gobierno.
Séptimo.-La Liquidadora nombrada asume el deber de conservar libros y documentos durante seis años, cesando una vez realizada y ultimada la liquidación y disolución.
Octavo.-El acta de la disolución y liquidación se elevará a escritura pública una vez publicados los anuncios legales, y en ella consta el cumplimiento de los requisitos.
Bargas (Toledo), 30 de diciembre de 2000.-La Liquidadora, Almudena Gutiérrez Pérez.-180.
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