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Documento BORME-C-2001-95065

CREDITS AND PARTNERS ESPAÑOLA, SOCIEDAD ANONIMA (Sociedad absorbente) SAGANG, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 95, páginas 12096 a 12096 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-95065

TEXTO

Anuncio de fusión En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de accionistas, celebradas con el carácter de universal de "Credits and Partners Española, Sociedad Anónima" y "Sagang, Sociedad Limitada" (Sociedad unipersonal), el día 4 de mayo de 2001, adoptaron el acuerdo de aprobar por unanimidad, la fusión totalmente participada (artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas) de dichas sociedades.

Mediante la absorción por "Credits and Partners Española, Sociedad Anonima (Sociedad absorbente), de "Sagang, Sociedad Limitada, Sociedad Unpersonal (Sociedad absorbida), con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, con el consiguiente traspaso de todo su patrimonio social en bloque a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.

La fusión se aprobó de acuerdo con el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el día 30 de enero de 2001. También se aprobaron el Balance de Fusión de "Credits and Partners Española, Sociedad Anonima" CERRADO Al 31 de diciembre de 2000 verificado por el Auditor de cuentas de la sociedad y de "Sagang, Sociedad Limitada" cerrado el 30 de marzo de 2001, que no requiere verificación por Auditor de cuentas al no estar obligada a ello la sociedad.

Además se aprobó: Primero.-Que las operaciones de "Sagang, Sociedad limitada", Sociedad Unipersonal (Sociedad absorbida), que se disuelve serán realizadas a efectos contables por cuenta de "Credits and Partners Española, Sociedad Anonima" (Sociedad absorbente), a partir del 1 de enero de 2001, de acuerdo con el proyecto de fusión.

Segundo.-Que no procede aumento de capital en la sociedad absorbente ni se establece tipo o procedimiento alguno para el canje de participaciones sociales de la sociedad absorbida, y no procede el nombramiento de los expertos independientes y su informe y el de los Administradores (artículos 236 y 237 de la Ley de Sociedades Anónimas), al constituir la fusión en la absorción de una sociedad íntegramente participada (artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas).

Tercero.-Que la sociedad absorbente adopta la misma denominación social.

Cuarto.-Que la sociedad absorbente será regida y administrada por el mismo sistema de administración y por los mismos Administradores que actualmente componen su órgano de administración, quienes mantendrán sus cargos desde la fecha de sus respectivos nombramientos.

Quinto.-No existen trabajadores en la sociedad que se absorbe y extingue.

Sexto.-No hay titulares de acciones de clases especiales o que tengan derechos especiales en la sociedad absorbente y no existen titulares de participaciones sociales en la sociedad absorbida que tengan derechos especiales.

Séptimo.-Que no se concede ventaja especial alguna en la sociedad absorbente en favor de los Administradores de las sociedades que participan en la fusión, ni de los expertos independientes, ni derechos para ningún tipo de accionista o socio.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión de cada sociedad, de conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas. Los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del tercer anuncio de la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley, no pudiendo realizarse la fusión hasta que transcurra dicho plazo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Barcelona, 7 de Mayo de 2001.-Jaime Pérez Costa Administrador solidario de "Credits and Partners Española, Sociedad Anónima" y Administrador único de "Sagang, Sociedad Limitada" (Sociedad Unipersonal).-23.591. 1.a 21-5-2001.

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