Oferta de suscripción de nuevas acciones A los efectos previstos en el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que la Junta general extraordinaria de accionistas de "Sky Point, Sociedad Anónima", en su reunión de fecha 30 de mayo de 2002, acordó proceder a la realización de una ampliación de capital por importe de nueve millones doscientos sesenta y cuatro mil setecientos ochenta y cinco euros con cuarenta y seis céntimos (9.264.785,46 euros), mediante la emisión de 365.619 acciones ordinarias, de 25,34 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 979.869 a la 1.345.487, ambas inclusive, con lo que el capital social de la compañía en caso de ser suscrita la presente ampliación de capital en su totalidad quedará fijado en la cantidad de 34.094.640,58 euros.
Los accionistas de la sociedad dispondrán del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" para ejercitar su derecho a suscribir 33.238,09 acciones nuevas por cada 89.078,9 acciones antiguas de las que son titulares.
La suscripción se realizará mediante desembolso íntegro del valor nominal de las nuevas acciones mediante ingreso de su valor en la cuenta de la sociedad 0019-0030-61-4010110963.
Transcurrido el plazo fijado para la suscripción y desembolso por los accionistas en proporción a su participación, y verificada ésta por la administración, el órgano de administración podrá ofrecer las acciones que no hayan quedado efectivamente suscritas a los accionistas suscriptores para que, si lo desean, puedan proceder a la suscripción y desembolso en los mismos términos y condiciones establecidos en el presente acuerdo durante los siete días siguientes a la finalización del plazo de suscripción preferente.
Si existieren varios accionistas interesados en ejercer su derecho de acrecer y suscribir las acciones ofrecidas en esta segunda vuelta, éstas se adjudicarán en proporción a las que cada uno de ellos ya tuviera en la sociedad. Finalizado dicho plazo, el Consejo de Administración podrá ofrecer a terceros ajenos a la sociedad las acciones que, en su caso, no hayan sido suscritas por los actuales accionistas, concediéndoles un plazo adicional de siete días a partir del plazo anteriormente indicado, o bien declarar cerrada la ampliación de capital.
Se faculta al órgano de administración para que, en su caso, pueda declarar cerrada la ampliación de capital por el importe de las suscripciones efectivamente efectuadas.
Madrid, 3 de junio de 2002.-La Secretaria del Consejo de Administración.-26.637.
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