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Reducción de capital social En cumplimiento del artículo 81 de la Ley 2/1995 de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se procede a la publicación del acuerdo adoptado en Junta universal extraordinaria, celebrada en el domicilio social de Urretxu (Guipúzcoa), el día 2 de febrero de 2002, mediante el cual se procede a la reducción de capital social, por restitución de aportaciones, en la cantidad de seis mil diez euros con doce céntimos de euro, y por reducción del valor nominal de las participaciones sociales, en otros veinte euros con veinticuatro céntimos de euro, aprobándose, igualmente, y en el mismo acto, el nuevo contenido del artículo 5.o de los Estatutos sociales, relativo al capital social, y cuyo tenor literal es: "Artículo 5.o El capital social se cifra en la suma de doce mil euros (12.000,00 euros), representado por dos mil participaciones de seis euros (6,00 euros) de valor nominal cada una, iguales, acumulables e indivisibles, que no tendrán carácter de valores, no podrán estar representadas por medio de títulos o de anotaciones en cuenta, ni denominarse acciones, numeradas correlativamente del uno al dos mil." Urretxu, 22 de mayo de 2002.-El Administrador solidario.-José Alberto Andueza Arizaleta.-25.463.
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