Las Juntas de socios de "Construcciones Natalio Franco, Sociedad Limitada", "Promotora Valle Bierzo, Sociedad Limitada" y "Nocedo 2001, Sociedad Limitada", aprobaron el 15 de mayo de 2002, la escisión total de "Construcciones Natalio Franco, Sociedad Limitada", que divide en tres partes la totalidad de su patrimonio y traspasa cada parte a las sociedades ya existentes, "Promotora Valle Bierzo, Sociedad Limitada" y "Nocedo 2001, Sociedad Limitada", y a la sociedad de nueva creación "Construcciones Natalio Franco, Sociedad Limitada".
Se hace constar expresamente, según establece el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad escindida de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de la sociedad escindida. Los acreedores de la sociedad escindida podrán oponerse a dichos acuerdos durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del tercer anuncio de escisión, en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
León, 3 de junio de 2002.-Julián Franco Valle.-27.206. 2.a 12-6-2002.
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