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Documento BORME-C-2002-117062

SON COMETES, S. L. (Sociedad absorbente) BINI-BONA, S. A. Unipersonal TRENCADORS 1999, S. L. Unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 117, páginas 16687 a 16687 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-117062

TEXTO

Anuncio de fusión En virtud de la Ley de Sociedades Limitadas y Ley de Sociedades Anónimas se hace público que: La Junta general extraordinaria y universal de "Son Cometes, Sociedad Limitada", así como el socio único de "Bini-Bona, Sociedad Anónima Unipersonal" y "Trencadors 1999, Sociedad Limitada Unipersonal", en ejercicio de las competencias de la Junta general, en su domicilio social, en fecha 6 de junio de 2002, aprobaron la fusión de las entidades mediante la absorción de la segunda y tercera por la primera. Dicha fusión tiene el carácter de impropia, al ser la primera, titular directamente del 100 por 100 de las acciones de la segunda e indirectamente del 100 por 100 de las participaciones de la tercera. Las sociedades absorbidas traspasan todo su patrimonio, a título de sucesión universal, a la sociedad absorbente que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones de aquéllas.

Dicha fusión se aprobó de acuerdo con el proyecto redactado y suscrito por los administradores de las entidades y que fue depositado en el Registro Mercantil de Mallorca el 30 de Mayo de 2002.

Asimismo, se aprobó como balance de fusión el cerrado a 1 de enero de 2002. Al tratarse de una fusión impropia, no procede ampliación de capital en la sociedad absorbente.

La fecha a partir de la cual las operaciones de las sociedades que se extinguen habrán de considerarse realizadas por cuenta de la sociedad absorbente, será la del balance de fusión. No se otorgarán derechos especiales a los socios ni ventajas a los administradores.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión, en los términos del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes a contar desde la públicación del último anuncio.

Palma de Mallorca, 7 de junio de 2002.-Los administradores.-29.763. y 3.a 24-6-2002.

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