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Documento BORME-C-2002-119047

LORENTE RENT A CAR, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad absorbente) AUTOS LORENTE, SOCIEDAD LIMITADA Unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 119, páginas 17050 a 17051 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-119047

TEXTO

Anuncio de fusión De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas generales ordinarias y universales de las sociedades "Lorente Rent a Car, Sociedad Limitada" y "Autos Lorente, Sociedad Limitada Unipersonal", aprobaron, por unanimidad, en reunión celebrada el día 10 de junio de 2002, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por "Lorente Rent a Car, Sociedad Limitada" de "Autos Lorente, Sociedad Limitada Unipersonal", adquiriendo aquélla por sucesión universal el patrimonio de la sociedad absorbida, que quedará disuelta y extinguida sin liquidación, con traspaso a la sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que constituyen su patrimonio social.

La fusión se acordó con aprobación de los respectivos proyectos de fusión y de los respectivos Balances de fusión, cerrados el 31 de diciembre de 2001, ampliando el capital la sociedad absorbente en 21.930,49 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 3.649 participaciones de 6,01 euros de valor nominal cada una, de modo que las 1.000 participaciones de 6,01 euros de valor nominal de la sociedad absorbida se canjean por las nuevas participaciones de la sociedad absorbente, que son desembolsadas mediante la aportación del patrimonio de la sociedad absorbida.

La fusión no otorga ventajas de ninguna clase a los Administradores de las sociedades que participan en la fusión.

Se hace constar que los partícipes, así como los trabajadores, han tenido a su disposición la documentación especificada en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

Se hace constar, expresamente, el derecho de los partícipes y acreedores de ambas sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 166, en relación con el 243 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, de oponerse a la fusión con los efectos previstos en la Ley, en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Castellón, 10 de junio de 2002.-Un Administrador solidario de "Lorente Rent a Car, Sociedad Limitada".-El Administrador único de "Autos Lorente, Sociedad Limitada Unipersonal".-30.077.

y 3.a 26-6-2002.

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