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Documento BORME-C-2002-128103

SATYANI DE INVERSIONES, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad absorbente) SATYANI, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 128, páginas 18106 a 18106 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-128103

TEXTO

Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Juntas generales extraordinarias y universales de accionistas y partícipes de las sociedades "Satyani, Sociedad Anónima" y "Satyani de Inversiones, Sociedad Limitada", celebradas el 12 de junio de 2002, se acordó la aprobación de la fusión de ambas sociedades mediante la absorción de "Satyani, Sociedad Anónima" por "Satyani de Inversiones, Sociedad Limitada".

El acuerdo de fusión se ha adoptado conforme al proyecto de fusión aprobado y presentado en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife y en cumplimiento del artículo 240.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, se reproduce a continuación las siguientes menciones: a) Sociedad absorbente: "Satyani de Inversiones, Sociedad Limitada", con código de identificación fiscal B-38/305249, inscrita en el Registro Mercantil al tomo 1.063 de la Sección General, folio 96, hoja TF-3818.

b) Sociedad absorbida: "Satyani, Sociedad Anónima" con código de identificación fiscal A-38/232633, inscrita en el Registro Mercantil al tomo 648 de la Sección General, folio 150, hoja TF-359.

c) El tipo de canje de acciones, aumentado el capital social en base al valor real del patrimonio social, será representado mediante la emisión, previa anulación de las acciones de la sociedad absorbida y de las participaciones de la sociedad absorbente, de nuevas participaciones sociales.

d) Las nuevas participaciones de la sociedad absorbente tendrán plenos derechos politicos desde la fecha de la emisión y darán derecho a participar en las ganancias sociales a partir del 1 de enero de 2002.

e) En la fusión no existen acciones o participaciones con derechos especiales, ni se otorga ninguno de los derechos especiales a que hace referencia la letra e) del artículo 235 de la Ley de Sociedades Anónimas y no se atribuyen ventajas a los administradores de las sociedades fusionadas ni al experto independiente.

Se hace constar, a los efectos oportunos, el derecho que asiste a los accionistas y socios partícipes y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, los balances de fusión cerrados al 31 de diciembre de 2001, informes del experto independiente y de las auditorías de cuentas, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del anuncio del presente acuerdo, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Santa Cruz de Tenerife, 19 de junio de 2002.-El Administrador único de "Satyani de Inversiones, Sociedad Limitada", el Administrador único de "Satyani, Sociedad Anónima".-32.541.

2.a 9-7-2002.

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