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Documento BORME-C-2002-135029

GRUPO EMPRESARIAL ISIDRO DE LA CAL, S. L. (Absorbente) ISCASER, S. A. (Sociedad unipersonal absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 135, páginas 19026 a 19026 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-135029

TEXTO

Anuncio de fusión Las respectivas Juntas generales, extraordinarias y universales de accionistas, celebradas en A Coruña en fecha 26 de junio de 2002, han aprobado la fusión entre "Grupo Empresarial Isidro de la Cal, Sociedad Limitada", e "Iscaser, Sociedad Anónima", en sociedad unipersonal, mediante la absorción de esta última y el traspaso en bloque a favor de la sociedad absorbente de su patrimonio social, a título de sucesión universal, y acogiéndose al régimen especial previsto en la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, capítulo VIII, artículo 97 a 110, quedando, en consecuencia, "Grupo Empresarial Isidro de la Cal, Sociedad Limitada", subrogada en todos los derechos y obligaciones de la misma.

La fusión fue aprobada de acuerdo con los proyectos de fusión que fueron depositados en el Registro Mercantil de A Coruña, en fecha 28 de enero de 2002. En dichas Juntas generales se acordó aprobar los respectivos Balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2001, y que la fusión, a efectos contables, tenga plenos efectos desde el día 1 de enero de 2002.

Dado que la sociedad absorbente es titular del 100 por 100 de las acciones de la sociedad absorbida, no procederá en este caso el aumento de capital en la sociedad absorbente, siendo de aplicación el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Tampoco habrá que determinar el tipo de canje de los títulos de la sociedad que será extinguida, ni la fecha a partir de la cual las nuevas acciones darán derecho a participar en las ganancias sociales.

La fusión no otorga derechos especiales a accionistas ni ventajas a los administradores, ni a expertos independientes.

En ambas sociedades no existen clases especiales de acciones ni derechos distintos de las acciones susceptibles de recibir derechos u opciones especiales de las previstas en el apartado e) del artículo 235 de la Ley de Sociedades Anónimas.

De conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho de todos los socios, accionistas y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio del presente acuerdo, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

A Coruña, 10 de julio de 2002.-El Secretario del Consejo de Administración de "Iscaser, Sociedad Anónima" (Sociedad unipersonal).-El Administrador único del "Grupo Empresarial Isidro de la Cal, Sociedad Limitada".-33.698.

2.a 18-7-2002.

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