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Documento BORME-C-2002-137040

GSC GENERAL DE SERVICIOS Y CONSTRUCCIÓN, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad escindida parcialmente) GENERAL DE SERVICIOS DE APARCAMIENTO BENCAR, S. A. (Sociedad beneficiaria de nueva creación)

Publicado en:
«BORME» núm. 137, páginas 19272 a 19272 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-137040

TEXTO

Anuncio de escisión Se hace público que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, la Junta general ordinaria y extraordinaria de accionistas de "GSC General de Servicios y Construcción, Sociedad Anónima", convocada por el Consejo de Administración mediante anuncios publicados en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" el 27 de mayo de 2002 y en el diario "ABC" en la misma fecha, y celebrada el 28 de junio de 2002, aprobó, por unanimidad, el Balance de escisión cerrado a fecha de 31 de diciembre de 2001 y su escisión parcial mediante la segregación de una rama de actividad constitutiva de una unidad económica independiente, y transmisión en bloque de los activos y pasivos correspondientes a la referida rama de actividad a favor de la entidad de nueva creación "General de Servicios de Aparcamiento Bencar, Sociedad Anónima", sociedad beneficiaria de la escisión, que adquirirá, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado.

La escisión se aprobó ajustándose al proyecto de escisión suscrito por el Consejo de Administración de "GSC Compañía General de Servicios y Construcción, Sociedad Anónima" el 13 de marzo de 2002, que causó depósito el 25 de abril de 2002 en el Registro Mercantil de Madrid y fue publicado en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" el 22 de mayo de 2002. Las operaciones de "GSC Compañía General de Servicios y Construcción, Sociedad Anónima", en la parte correspondiente a la rama de negocio escindida, se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad beneficiaria de la escisión a partir del día 1 de enero de 2002. No se otorga ningún tipo de derechos especiales ni ventajas a accionistas administradores o expertos.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de "GSC Compañía General de Servicios y Construcción, Sociedad Anónima" a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas. Asimismo, los acreedores de "GSC Compañía General de Servicios y Construcción, Sociedad Anónima" pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.

Madrid, 29 de junio de 2002.-El Presidente del Consejo de Administración de "GSC Compañía General de Servicios y Construcción, Sociedad Anónima".-33.923. y 3.a 22-7-2002.

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