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Por acuerdo de Junta general ordinaria de accionistas celebrada en Barcelona el día 25 de junio de 2002 fueron adoptados los acuerdos de modificación de los Estatutos sociales que afectan a los artículos de cuya nueva redacción es la siguiente: Primero.-Traslado del domicilio social de la calle Almogávares, 64, Barcelona a la calle Joseph Irla i Bosch, 1-3, de Barcelona.
Artículo 3.o Domicilio social.
La sociedad tendrá su domicilio en Barcelona calle Joseph Irla i Bosch, 1-3, lugar en que se halla el centro de su efectiva administración y dirección.
La sociedad podrá establecer sucursales, agencias o delegaciones, tanto en España como en el extranjero, mediante acuerdo del Consejo de Administración, quien será también competente para acordar el traslado del domicilio social dentro de la misma población, así como la supresión o el traslado de las sucursales.
Segundo.-Modificación del objeto social a fin de adaptarlo a la normativa sobre ficheros automatizados y protección de datos personales.
Artículo 4.o Objeto Social.
La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios informáticos aplicados al marketing financiero, seguros, empresas de gran consumo, así como la prestación de servicios, con fines de publicidad y prospección comercial.
Tercero.-Reducción de la cifra actual de capital de 681.233,5 euros en 516.830,66 euros, quedando fijado en 164.402,84 euros, ello a fin de compensar pérdidas y reestablecer el equilibrio patrimonial.
Artículo 5.o Capital.
El capital social está fijado en la cifra de 164.402,84 euros. Se encuentra totalmente suscrito y desembolsado en un 100 por 100.
Con carácter general, y salvo que el acuerdo de aumento de capital y de emisión de nuevas acciones adoptado por la Junta general hubiera establecido otra cosa, el Consejo de Administración queda facultado para acordar la forma y las fechas en que deberán efectuarse los oportunos desembolsos cuando existan dividendos pasivos y éstos deban ser satisfechos en metálico, respetando en todo caso el plazo máximo de cinco años. En este mismo supuesto, la forma y plazo para el desembolso acordados por el Consejo de Administración se anunciarán en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil".
En los casos en que los dividendos pendientes hayan de desembolsarse mediante aportaciones no dinerarias la Junta general que haya acordado el aumento de capital determinará, asimismo, la naturaleza, valor y contenido de las futuras aportaciones, así como la forma y el procedimiento para efectuarlas, con mención expresa del plazo, que no podrá exceder de cinco años computados desde la constitución de la sociedad o, en su caso, desde la adopción del respectivo acuerdo de aumento de capital.
Artículo 6.o Número y representación de las acciones en que está dividido el capital social.
El capital de la sociedad está dividido en 4534 acciones, numeradas correlativamente de la 1 a la 4534, ambas inclusive, de 36,26 euros de valor nominal cada una, integradas en una sola clase y serie que atribuyen a sus respectivos titulares los mismos derecho reconocidos por la Ley y por estos Estatutos.
Todas las acciones se encuentran totalmente suscritas y desembolsadas. Las acciones están representadas por títulos y son nominativas.
La sociedad podrá emitir resguardos provisionales y títulos múltiples en las condiciones y con los requisitos previstos por la Ley.
En el supuesto de que la sociedad emita en el futuro acciones representadas por anotaciones en cuenta o que las actuales acciones pasen a este sistema de representación, se aplicarán las normas de la ley del Mercado de Valores y de la propio Ley de Sociedades Anónimas.
Los títulos de las acciones, cuando sea ésta la forma de representación elegida, estarán numerados correlativamente y contendrán como mínimo las menciones exigidas por la ley.
Lo que se publica en cumplimiento del artículo 150 y 165 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 25 de junio de 2002.-El Secretario del Consejo Andrés García Carranza.-34.421.
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